III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-8923)
Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de la industria del calzado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85

Lunes 10 de abril de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
8923

Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el Convenio colectivo de la industria del calzado.

Visto el texto del Convenio colectivo de la industria del calzado (código de convenio
n.º 9900080511981), que fue suscrito con fecha 24 de enero de 2023, de una parte por la
Asociación de Empresas de Componentes del Calzado (AEC) y la Federación de
Industrias del Calzado Español (FICE) en representación de las empresas del sector, y
de otra por los sindicatos CC.OO.–Industria y UGT-FICA en representación de los
trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la
Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real
Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos,
acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 24 de marzo de 2023.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
CONVENIO COLECTIVO DE LA INDUSTRIA DEL CALZADO
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales

A. Ámbito Territorial. El presente Convenio es de aplicación en todo el Estado
Español.
B. Ámbito Funcional. El Convenio obliga a todas las Empresas dedicadas a la
fabricación de calzado y a las industrias auxiliares de la fabricación de calzado, así como
a los talleres de ortopedia, de reparación de calzado y duplicado de llaves. Asimismo en
su ámbito funcional están incluidas las Asociaciones de I+D y Centros Tecnológicos
sectoriales.
C. Ámbito Personal. El Convenio afectará a las personas que trabajen en las
Empresas incluidas en el ámbito Funcional.

cve: BOE-A-2023-8923
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 1. Ámbito Territorial, Funcional y Personal.