III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-8806)
Resolución 420/38135/2023, de 29 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Casa de Su Majestad el Rey, en materia de Ciberdefensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 84

Sábado 8 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 51202

Asimismo, el artículo 1 del Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo, sobre
reestructuración de la Casa de S. M. el Rey, dispone que «la Casa de Su Majestad el
Rey es el organismo que, bajo la dependencia directa de S. M., tiene como misión
servirle de apoyo en cuantas actividades se deriven del ejercicio de sus funciones como
Jefe del Estado». El artículo 13 declara que «por razones de economía administrativa», y
«para evitar en cuanto sea posible la creación en la Casa de S. M. el Rey de órganos
con funciones paralelas a los de la Administración del Estado, los distintos
Departamentos de ésta proporcionarán a aquélla los informes, dictámenes o
asesoramientos de cualquier naturaleza que la Casa solicite, así como cuantos otros
apoyos sean necesarios y contribuyan a facilitar el cumplimiento de las misiones que
tienen encomendadas». Con esta finalidad se prevé que «la Casa de S. M. el Rey podrá
también suscribir convenios de colaboración en el ámbito de la Administración General
del Estado».
Segundo.
Que la Orden DEF/710/2020, de 27 de julio, por la que se desarrolla la organización
básica del Estado Mayor de la Defensa, determina que en el ámbito ciberespacial debe
garantizarse la necesaria libertad de acción de las Fuerzas Armadas (FAS). A tal efecto,
se crea el Mando Conjunto del Ciberespacio (MCCE) para reforzar la capacidad de
actuación de éstas en dicho ámbito. Este Mando se establece sobre la base del Mando
Conjunto de Ciberdefensa (MCCD) y de la Jefatura de Sistemas de Información y
Telecomunicaciones (JCISFAS), que desaparecen de la nueva estructura del Estado
Mayor de la Defensa.
El MCCE es el órgano responsable del planeamiento, la dirección, la coordinación, el
control y la ejecución de las acciones conducentes a asegurar la libertad de acción de las
FAS en el ámbito ciberespacial. Para cumplir su misión, planea, dirige, coordina, controla
y ejecuta las operaciones militares en el ciberespacio, de acuerdo con los planes
operativos en vigor. En el ámbito de estas operaciones, realiza las acciones necesarias
para garantizar la supervivencia de los elementos físicos, lógicos y virtuales críticos para
la Defensa y las FAS.
Y el artículo 40.3 de la Instrucción 55/2021, de 27 de octubre, del Jefe de Estado
Mayor de la Defensa, por la que se desarrolla la organización del Estado Mayor de la
Defensa, determina que el Mando Conjunto del Ciberespacio «Ejecutará las actividades
que permitan la protección, detección y defensa en las redes y servicios críticos de los
sistemas de información y telecomunicaciones que emplean las FAS, así como otros que
le encomiende el JEMAD», como serían las redes y sistemas de la Casa de S. M. el Rey.
Tercero.
Que frente a las amenazas procedentes del ciberespacio, cada vez más frecuentes y
sofisticadas, la Casa de S. M. el Rey no dispone en la actualidad de los recursos propios
necesarios para garantizar la seguridad de sus redes y sistemas de información y
telecomunicaciones, por lo que requiere apoyos externos cualificados para paliar el
riesgo de dichas amenazas.

Que la Casa de S. M. el Rey está interesada en que el Ministerio de Defensa le
preste asesoramiento y apoyo en materia de ciberdefensa para reducir los riesgos
derivados de potenciales ciberataques a los sistemas de telecomunicaciones e
información de la red de la Secretaría General de la Casa de S. M. el Rey.
Quinto.
Que este convenio se fundamenta en la normativa en vigor sobre materias
clasificadas, seguridad de la información y seguridad militar.

cve: BOE-A-2023-8806
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto.