III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2023-8807)
Resolución de 29 de marzo de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y la Fundación Rioja Salud, para la financiación y provisión de desfibriladores semiautomáticos externos en unidades de la Policía Nacional y de la Guardia Civil destacadas en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 84

Sábado 8 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 51208

EXPONEN
Primero.
Corresponde a la persona titular de la Secretaría de Estado de Seguridad el ejercicio
de las funciones a las que se refiere el artículo 11.b) de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de
marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado: Las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado tienen como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y
libertades y garantizar la seguridad ciudadana mediante el desempeño de las siguientes
funciones: Auxiliar y proteger a las personas y asegurar la conservación y custodia de los
bienes que se encuentren en situación de peligro por cualquier causa.
Segundo.
El objeto de la Fundación Rioja Salud, es, según sus estatutos fundacionales, la
promoción y protección de la salud en cualquiera de sus vertientes mediante la
formación, docencia, investigación, desarrollo e innovación de la Ciencias de la Salud y
la biotecnología, así como la realización de actividades de promoción, prestación y
gestión de recursos y servicios sanitarios avanzados.
Tercero.
Es un hecho que un porcentaje significativo de las actuaciones policiales se refieren
a servicios humanitarios, dentro de los cuales, la reanimación cardiopulmonar mediante
la técnica de masajes cardíacos reviste una importancia capital en orden a salvar vidas,
y es en este punto donde la disponibilidad de desfibriladores externos en las distintas
unidades operativizaría este tipo de actuaciones minimizando los riesgos vitales.
Cuarto.
Tal y como establece el Decreto 8/2019, de 3 de mayo, por el que se regula la
instalación y utilización de desfibriladores semiautomáticos externos fuera del ámbito
sanitario de la Comunidad Autónoma de La Rioja, la utilización de estos dispositivos por
personal ajeno a la profesión sanitaria con seguridad resulta actualmente la terapia más
eficaz y segura en los tratamientos de muerte súbita cardiaca con ritmo cardiaco
desfibrilable. Por ello, se debe facilitar que su distribución y uso sean la mayor posible y
para toda la población, hasta la llegada de los recursos sanitarios de emergencia.
Ambas partes manifiestan voluntad concordante para formalizar el presente
convenio, con sujeción a la normativa aplicable y a las siguientes
CLÁUSULAS

El objeto de este convenio es fijar las condiciones para la colaboración entre la
Secretaría de Estado de Seguridad y la Fundación Rioja Salud, por la cual, Fundación
Rioja Salud contratará la adquisición de cuarenta desfibriladores semiautomáticos
externos (DESA) para su instalación en las unidades policiales destacadas en la
Comunidad Autónoma de La Rioja recogidas en el Anexo I, así como la formación
precisa para su manejo por el personal de esas unidades.

cve: BOE-A-2023-8807
Verificable en https://www.boe.es

Primera. Objeto.