III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2023-8810)
Resolución de 28 de marzo de 2023, de la Agencia Estatal de Meteorología, por la que se publica el Convenio con la Universitat Rovira i Virgili, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 84

Sábado 8 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 51229

meteorológica y climatológica u otras propias de la Agencia, para satisfacer las
necesidades y exigencias nacionales e internacionales en dichas materias. Entre sus
fines se encuentra la dirección, desarrollo y coordinación de las actividades
meteorológicas de cualquier naturaleza en el ámbito nacional, considerando de interés
institucional, proyectar sus conocimientos y capacidades en las materias que le son
propias a la formación universitaria, a través de una colaboración permanente.
II. Que la URV es una institución dedicada a la prestación del servicio público de la
educación superior y de la investigación, mediante la docencia, la investigación y la
transferencia de conocimiento. Por tanto, debe facilitar al estudiantado, a su personal y al
conjunto de la sociedad las habilidades, las ideas y los conocimientos científicos
necesarios para vivir y trabajar de forma satisfactoria, solidaria y sostenible en un mundo
que cambia social y tecnológicamente forma continuada.
III. Que ambos coinciden en declarar el alto interés que la formación práctica de los
estudiantes universitarios tiene tanto para la Universidad responsable de la calidad de su
docencia, como para la sociedad en general, finalmente beneficiaria de la mejor
preparación profesional de los titulados universitarios.
IV. Que la normativa aplicable al presente convenio –sin perjuicio de otrascomprende la siguiente:
– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en adelante
LRJSP (BOE del 2).
– Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE del 24),
modificada por la Ley Orgánica 4/2007 de 12 de abril que regula la homologación de
Planes de Estudios, Títulos Universitarios y Doctorado, y que estructura las enseñanzas
universitarias en tres ciclos: Grado, Máster y Doctorado.
– Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la
organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de
su calidad.
– Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del
Estudiante Universitario.
– Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios
– Normativa de prácticas externas de los estudiantes de la URV, aprobada por el
Consejo de Gobierno del 27 de julio de 2020.
V. Que en virtud de lo anterior, las entidades firmantes han decidido suscribir el
presente convenio para implementar su colaboración en la realización de la formación
práctica del alumnado, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto.

El presente convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre
AEMET y la URV, para el desarrollo de un programa de prácticas académicas externas
curriculares y extracurriculares en AEMET para los estudiantes matriculados en cualquier
enseñanza impartida por la mencionada Universidad, en los términos recogidos en el
Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios.
Segunda.
A.

Condiciones generales del convenio.

Oferta de AEMET.

AEMET podrá ofrecer plazas de prácticas para estudiantes de la URV con la
periodicidad que desee, e indicar la oferta específica para cada plaza.

cve: BOE-A-2023-8810
Verificable en https://www.boe.es

Primera.