III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2023-8768)
Resolución de 30 de marzo de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración interadministrativa con la Generalitat de Cataluña y el Ayuntamiento de Barcelona, relativo al establecimiento y la financiación del centro tecnológico del programa GIGA en Barcelona.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 83

Viernes 7 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 50963

posibilidad de hacer uso de la sala de reuniones compartida, la sala de conferencias y el
espacio de cocina/comedor del lugar y los equipos a disposición en estos espacios.
III. Superficie útil total: Ca L’Alier ofrece un espacio de 127 m2 para albergar la sede
del Centro Tecnológico del proyecto GIGA.
IV. Los locales asignados se ceden exclusivamente con la única finalidad de ser
sede del Centro tecnológico de GIGA y mientras continúe sus actividades en España.
c) La aportación en especie valorada en 125.000€ incluyen los gastos mensuales
fijos de alquiler, seguridad (24 h/7 días semana), limpieza y jardinería.
d) Ceder el uso de forma temporal de los diversos bienes necesarios para la
instalación del Centro Tecnológico del proyecto GIGA en el edificio de Ca l’Alier. Dicha
cesión finalizará con la finalización de la cesión del edificio.
Cuarta. Aportaciones de las partes. Forma y plazos.
Las aportaciones económicas que realizan las tres partes del presente Convenio
para el desarrollo del proyecto GIGA se realizarán para un periodo comprendido desde la
firma del presente convenio hasta el 31 de diciembre de 2024.
Quinta. Destino y régimen de las aportaciones.
Las aportaciones de las partes están destinadas a financiar el funcionamiento del
Centro Tecnológico de GIGA y el fomento de sus actividades.
Las aportaciones de las partes quedan sometidas a las condiciones que establecen
los Acuerdos y demás instrumentos legales para el establecimiento, funcionamiento y
ubicación del Centro tecnológico de GIGA en Barcelona.
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación remitirá a la
Generalitat de Cataluña y al Ayuntamiento de Barcelona copias de los informes de
revisión y evaluación del trabajo de GIGA.
Sexta.

Participación en el seguimiento y la gestión.

El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, la Generalitat de
Cataluña y el Ayuntamiento de Barcelona integrarán un Comisión de seguimiento de la
gestión y las actividades del Centro tecnológico de la iniciativa GIGA y la aplicación de
sus Acuerdos.
Dicha Comisión estará integrada por representantes nombrados por cada una de las
Partes y se reunirá un mínimo de una vez al año y cuantas veces sea necesario a
propuesta de una o varias Partes.
Las funciones de la Comisión de seguimiento serán las siguientes:
a) Instrumentalizar las relaciones de colaboración entre las partes.
b) Analizar las cuestiones de interés común para el adecuado cumplimiento del
objeto de este Convenio de colaboración.
c) Proponer las medidas de resolución de controversias que puedan surgir entre las partes.
d) Realizar tareas de seguimiento y evaluación del Centro tecnológico de GIGA.
Comunicación e imagen.

Cualquier comunicación pública de las actividades objeto del presente Convenio de
colaboración o del Centro tecnológico de GIGA deberá hacer constar, de forma
equitativa, la participación de todos los firmantes.
Octava. Vigencia del Convenio y Modificación.
Este Convenio surtirá efectos a partir de la fecha de su inscripción en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) y hasta el 31
de diciembre de 2024.

cve: BOE-A-2023-8768
Verificable en https://www.boe.es

Séptima.