III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-8783)
Resolución de 27 de marzo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Cubillos FV, de 56,1 MW e infraestructuras subterráneas de evacuación", en los términos municipales de Cubillos y Valcabado (Zamora).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 83
Viernes 7 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 51119
Según la cartografía extraída del Geoportal de Protección Civil de la Junta de Castilla
y León, se observa que la totalidad del área ocupada por el proyecto se encuentra fuera
de zona de alto riesgo.
8.
Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos
Esta resolución es dictada considerando la ubicación de paneles solares del proyecto
y del estudio de impacto ambiental presentados, por lo que posteriores ampliaciones con
nuevas posiciones en las zonas vacías dentro de los vallados proyectados se
considerarán una modificación del proyecto.
Si durante las actuaciones asociadas al presente proyecto se detectase algún
impacto no analizado o cuya magnitud fuera superior a la evaluada se comunicará dicha
circunstancia al órgano autonómico competente para la determinación de la forma de
proceder.
Se realizará una prospección previa de flora para detectar posibles especies
amenazadas.
Se deberá realizar un muestreo de campo exhaustivo previo las obras de
construcción del complejo solar en la zona de actuación y su área de influencia (en torno
a 1 km), así como en las masas forestales circundantes o de ribera, con el fin de detectar
posible presencia de aves nidificando en la zona o de nidos y en sus inmediaciones por
si hay que establecer medidas preventivas adicionales, debiendo comunicarse al
Servicio Provincial.
cve: BOE-A-2023-8783
Verificable en https://www.boe.es
De los proyectos contemplados en el área de 10 km, ocupando un total de
diez plantas fotovoltaicas con una superficie de 616 ha y dos parques eólicos con una
extensión de 21,69 ha, sumando un total de 637,92 ha ocupadas. La superficie que
ocupan las instalaciones renovables prácticamente su totalidad se encuentra sobre
tierras arables, 586,18 ha lo que supone un 91,89 % del total, seguido de un 3,68 %
sobre terreno improductivo asociado principalmente a las instalaciones ya existentes,
2,01 % sobre zonas forestales y pequeños porcentajes sobre otras superficies como
pastos arbustivos y pastizales.
La planta solar fotovoltaicas Cubillos es atravesada por una línea aérea de alta
tensión, incluyéndose 1 torre de alta tensión dentro del área de implantación. Además, la
línea subterránea presenta cruzamientos con dos líneas de alta tensión en las
proximidades de la SET Valcabado 220/30 kV.
En lo que respecta a la red viaria, la línea de evacuación presenta tres cruzamientos
con la red de carreteras, un primer cruce con la autovía A-66, con la carretera ZA-P-2311
y un último cruce con la carretera ZA-P-2310.
De acuerdo con la metodología empleada, en una envolvente de 10 km en torno al
proyecto, los mayores porcentajes de visibilidad se obtienen en la carretera provincial
ZA-P-2310, así como de la vía pecuaria Vereda de Castro, dada su cercanía a las
instalaciones, con un 80,74 % y 74,77 %, aunque ambas infraestructuras presentan una
muy baja densidad por lo que el número de potenciales observadores es limitado. Para
la autovía A-66/A-11 infraestructura con mayor número de potenciales observadores, la
superficie visible supera las 28 ha lo que supone algo menos del 25 % de las
instalaciones. Desde el municipio de Cubillos debido a su cercanía es capaz de
visibilizarse algo más del 28 % de las instalaciones.
La ocupación del terreno por parte de los proyectos supone un impacto
significativamente negativo sobre la conectividad ecológica, con una pérdida y/o
fragmentación del hábitat y el aumento del efecto barrera en la dispersión, así como
cambios en su uso por parte de las especies.
El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias y el Plan de Vigilancia contemplados en el estudio de impacto ambiental,
en tanto no contradigan lo establecido en la presente resolución y cumplir las siguientes
condiciones:
Núm. 83
Viernes 7 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 51119
Según la cartografía extraída del Geoportal de Protección Civil de la Junta de Castilla
y León, se observa que la totalidad del área ocupada por el proyecto se encuentra fuera
de zona de alto riesgo.
8.
Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos
Esta resolución es dictada considerando la ubicación de paneles solares del proyecto
y del estudio de impacto ambiental presentados, por lo que posteriores ampliaciones con
nuevas posiciones en las zonas vacías dentro de los vallados proyectados se
considerarán una modificación del proyecto.
Si durante las actuaciones asociadas al presente proyecto se detectase algún
impacto no analizado o cuya magnitud fuera superior a la evaluada se comunicará dicha
circunstancia al órgano autonómico competente para la determinación de la forma de
proceder.
Se realizará una prospección previa de flora para detectar posibles especies
amenazadas.
Se deberá realizar un muestreo de campo exhaustivo previo las obras de
construcción del complejo solar en la zona de actuación y su área de influencia (en torno
a 1 km), así como en las masas forestales circundantes o de ribera, con el fin de detectar
posible presencia de aves nidificando en la zona o de nidos y en sus inmediaciones por
si hay que establecer medidas preventivas adicionales, debiendo comunicarse al
Servicio Provincial.
cve: BOE-A-2023-8783
Verificable en https://www.boe.es
De los proyectos contemplados en el área de 10 km, ocupando un total de
diez plantas fotovoltaicas con una superficie de 616 ha y dos parques eólicos con una
extensión de 21,69 ha, sumando un total de 637,92 ha ocupadas. La superficie que
ocupan las instalaciones renovables prácticamente su totalidad se encuentra sobre
tierras arables, 586,18 ha lo que supone un 91,89 % del total, seguido de un 3,68 %
sobre terreno improductivo asociado principalmente a las instalaciones ya existentes,
2,01 % sobre zonas forestales y pequeños porcentajes sobre otras superficies como
pastos arbustivos y pastizales.
La planta solar fotovoltaicas Cubillos es atravesada por una línea aérea de alta
tensión, incluyéndose 1 torre de alta tensión dentro del área de implantación. Además, la
línea subterránea presenta cruzamientos con dos líneas de alta tensión en las
proximidades de la SET Valcabado 220/30 kV.
En lo que respecta a la red viaria, la línea de evacuación presenta tres cruzamientos
con la red de carreteras, un primer cruce con la autovía A-66, con la carretera ZA-P-2311
y un último cruce con la carretera ZA-P-2310.
De acuerdo con la metodología empleada, en una envolvente de 10 km en torno al
proyecto, los mayores porcentajes de visibilidad se obtienen en la carretera provincial
ZA-P-2310, así como de la vía pecuaria Vereda de Castro, dada su cercanía a las
instalaciones, con un 80,74 % y 74,77 %, aunque ambas infraestructuras presentan una
muy baja densidad por lo que el número de potenciales observadores es limitado. Para
la autovía A-66/A-11 infraestructura con mayor número de potenciales observadores, la
superficie visible supera las 28 ha lo que supone algo menos del 25 % de las
instalaciones. Desde el municipio de Cubillos debido a su cercanía es capaz de
visibilizarse algo más del 28 % de las instalaciones.
La ocupación del terreno por parte de los proyectos supone un impacto
significativamente negativo sobre la conectividad ecológica, con una pérdida y/o
fragmentación del hábitat y el aumento del efecto barrera en la dispersión, así como
cambios en su uso por parte de las especies.
El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias y el Plan de Vigilancia contemplados en el estudio de impacto ambiental,
en tanto no contradigan lo establecido en la presente resolución y cumplir las siguientes
condiciones: