III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-8773)
Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XXVIII Convenio colectivo de Repsol Butano, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 83

Viernes 7 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 50976

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
8773

Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el XXVIII Convenio colectivo de Repsol Butano,
SA.

Visto el texto del XXVIII Convenio colectivo de la empresa Repsol Butano, SA
(Código de convenio n.º: 90006510011991), que ha sido suscrito, con fecha 19 de enero
de 2023, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en
representación de la misma, y de otra por las secciones sindicales de CC. OO., UGT, y
USO, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,
Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE
de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y
depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado XXVIII Convenio colectivo en el correspondiente
Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad
con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con
notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 24 de marzo de 2023.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
XXVIII CONVENIO COLECTIVO DE REPSOL BUTANO, SA (2020-2024)
CAPÍTULO I
Ámbito de aplicación
Artículo 1.º

Ámbito de aplicación funcional.

El presente convenio colectivo regulará las relaciones de trabajo entre la Empresa
«Repsol Butano, Sociedad Anónima», y el personal que en ella presta sus servicios, al
que se refiere el artículo siguiente.

1. Las condiciones laborales pactadas en el presente Convenio afectarán a todas
las personas trabajadoras de «Repsol Butano, Sociedad Anónima», que estén prestando
servicios antes de su entrada en vigor o se contraten durante su vigencia.
En lo sucesivo, se emplea el término «trabajador/empleado» y «trabajadores/
empleados» para designar a las mujeres y hombres comprendidos en el ámbito personal
del presente Acuerdo, que garantiza su igualdad en derechos y obligaciones y la no
discriminación por razón de sexo.

cve: BOE-A-2023-8773
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 2.º Ámbito de aplicación personal.