I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Comunidad Foral de Navarra. Traspaso de funciones y servicios. (BOE-A-2023-8750)
Real Decreto 252/2023, de 4 de abril, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 83
Viernes 7 de abril de 2023
Sec. I. Pág. 50906
2. Por la Subsecretaría del Ministerio del Interior se notificará a los interesados el
traspaso y su nueva situación administrativa tan pronto el Gobierno apruebe el presente
Acuerdo por real decreto.
3. Asimismo, se remitirá a los órganos competentes de la Comunidad Foral de
Navarra una copia certificada de todos los expedientes del personal traspasado, así
como de los certificados de haberes referidos a las cantidades devengadas
durante 2023.
4. En el supuesto de que fuera necesario introducir correcciones o rectificaciones
en la mencionada relación de personal, se llevarán a cabo, previa constatación por
ambas Administraciones, mediante certificación expedida por la Secretaría de la Junta
de Transferencias.
G)
Régimen de financiación de las funciones y servicios traspasados.
1. El coste asociado al presente traspaso de funciones y servicios relativas a la
gestión del tráfico y seguridad vial de la Administración del Estado a la Comunidad Foral
de Navarra se financiará íntegramente por la Comunidad Foral.
2. En cuanto a la financiación de las competencias de la Comunidad Foral de
Navarra en materia vigilancia y control de tráfico, la misma se realizará según lo
establecido en la Disposición adicional sexta de la Ley 28/1990, de 26 de diciembre, por
la que se aprueba el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de
Navarra.
H)
Entrega de documentación y expedientes.
La entrega de la documentación y expedientes de las funciones y servicios que se
traspasan se realizará en el plazo de un mes desde la fecha de efectividad de este
Acuerdo.
I)
Fecha de efectividad del traspaso.
El traspaso de funciones y servicios tendrá efectividad a partir del día 1 de julio
de 2023, excepto en lo referido a la función contenida en el apartado B).1, que tendrá
efectividad a partir del 1 de enero de 2025, correspondiendo hasta entonces su ejercicio
a los órganos competentes de la Administración del Estado en los términos establecidos
en el Acuerdo complementario a este Acuerdo.
Y para que conste se expide la presente certificación en Pamplona, a 22 de marzo
de 2023.–Los Secretarios de la Junta de Transferencias, Jorge García Carreño y
Francisco José Negro Roldán.
Relación número 1
1.1 Vehículos del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico que se
traspasan a la Comunidad Foral de Navarra.
Modelo
Fecha de matriculación
Observaciones
0149 FZC
MERCEDES BENZ VITO.
08-01-2008
Adscrito a la Jefatura Provincial de Tráfico de Navarra.
4758 GTP
FIAT.
25-02-2010
Cedido al Ayuntamiento de Pamplona.
Equipamiento etilómetro.
2512 GGX
LANCIA.
06-08-2008
Cedido al Ayuntamiento de Pamplona.
Equipamiento etilómetro.
4403 GTP
FIAT.
25-02-2010
Cedido al Ayuntamiento de Tudela.
Equipamiento etilómetro.
cve: BOE-A-2023-8750
Verificable en https://www.boe.es
Matrícula
Núm. 83
Viernes 7 de abril de 2023
Sec. I. Pág. 50906
2. Por la Subsecretaría del Ministerio del Interior se notificará a los interesados el
traspaso y su nueva situación administrativa tan pronto el Gobierno apruebe el presente
Acuerdo por real decreto.
3. Asimismo, se remitirá a los órganos competentes de la Comunidad Foral de
Navarra una copia certificada de todos los expedientes del personal traspasado, así
como de los certificados de haberes referidos a las cantidades devengadas
durante 2023.
4. En el supuesto de que fuera necesario introducir correcciones o rectificaciones
en la mencionada relación de personal, se llevarán a cabo, previa constatación por
ambas Administraciones, mediante certificación expedida por la Secretaría de la Junta
de Transferencias.
G)
Régimen de financiación de las funciones y servicios traspasados.
1. El coste asociado al presente traspaso de funciones y servicios relativas a la
gestión del tráfico y seguridad vial de la Administración del Estado a la Comunidad Foral
de Navarra se financiará íntegramente por la Comunidad Foral.
2. En cuanto a la financiación de las competencias de la Comunidad Foral de
Navarra en materia vigilancia y control de tráfico, la misma se realizará según lo
establecido en la Disposición adicional sexta de la Ley 28/1990, de 26 de diciembre, por
la que se aprueba el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de
Navarra.
H)
Entrega de documentación y expedientes.
La entrega de la documentación y expedientes de las funciones y servicios que se
traspasan se realizará en el plazo de un mes desde la fecha de efectividad de este
Acuerdo.
I)
Fecha de efectividad del traspaso.
El traspaso de funciones y servicios tendrá efectividad a partir del día 1 de julio
de 2023, excepto en lo referido a la función contenida en el apartado B).1, que tendrá
efectividad a partir del 1 de enero de 2025, correspondiendo hasta entonces su ejercicio
a los órganos competentes de la Administración del Estado en los términos establecidos
en el Acuerdo complementario a este Acuerdo.
Y para que conste se expide la presente certificación en Pamplona, a 22 de marzo
de 2023.–Los Secretarios de la Junta de Transferencias, Jorge García Carreño y
Francisco José Negro Roldán.
Relación número 1
1.1 Vehículos del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico que se
traspasan a la Comunidad Foral de Navarra.
Modelo
Fecha de matriculación
Observaciones
0149 FZC
MERCEDES BENZ VITO.
08-01-2008
Adscrito a la Jefatura Provincial de Tráfico de Navarra.
4758 GTP
FIAT.
25-02-2010
Cedido al Ayuntamiento de Pamplona.
Equipamiento etilómetro.
2512 GGX
LANCIA.
06-08-2008
Cedido al Ayuntamiento de Pamplona.
Equipamiento etilómetro.
4403 GTP
FIAT.
25-02-2010
Cedido al Ayuntamiento de Tudela.
Equipamiento etilómetro.
cve: BOE-A-2023-8750
Verificable en https://www.boe.es
Matrícula