I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Medidas tributarias. Organización. Medidas urgentes. (BOE-A-2023-8752)
Decreto-ley 11/2022, de 29 de septiembre, por el que se prorroga la vigencia de determinadas medidas tributarias contenidas en el Decreto-ley 12/2021, de 30 de septiembre, por el que se adoptan medidas tributarias, organizativas y de gestión como consecuencia de la erupción volcánica en la isla de La Palma, y por el que se modifica el Decreto-ley 1/2022, de 20 de enero, por el que se adoptan medidas urgentes en materia urbanística y económica para la construcción o reconstrucción de viviendas habituales afectadas por la erupción volcánica en la isla de La Palma.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 83

Viernes 7 de abril de 2023

Sec. I. Pág. 50916

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
8752

Decreto-ley 11/2022, de 29 de septiembre, por el que se prorroga la vigencia
de determinadas medidas tributarias contenidas en el Decreto-ley 12/2021,
de 30 de septiembre, por el que se adoptan medidas tributarias, organizativas
y de gestión como consecuencia de la erupción volcánica en la isla de La
Palma, y por el que se modifica el Decreto-ley 1/2022, de 20 de enero, por el
que se adoptan medidas urgentes en materia urbanística y económica para la
construcción o reconstrucción de viviendas habituales afectadas por la
erupción volcánica en la isla de La Palma.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

– La de 1 de diciembre de 2021, por la que se prorroga para el año 2022 la
aplicación de la Orden de 23 de diciembre de 2019, que fija los índices, módulos y
demás parámetros del régimen simplificado del Impuesto General Indirecto Canario para
el año 2020, se establecen reducciones y ajustes para la determinación del importe en el
año 2021 de las cuotas devengadas por operaciones corrientes, se modifican las cuotas
fijas de la Tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar correspondiente a
máquinas o aparatos automáticos, devengada el día 1 de octubre de 2021, y se efectúan
otras modificaciones de naturaleza tributaria.

cve: BOE-A-2023-8752
Verificable en https://www.boe.es

Hace un año que se produjo la erupción volcánica en la isla de La Palma, y aún es
necesario seguir adoptando medidas tributarias de carácter extraordinario, pues la
recuperación general es un proceso largo como la realidad está demostrando.
El primer paquete de medidas tributarias adoptadas por el Gobierno de Canarias se
recogió en el Decreto-ley 12/2021, de 30 de septiembre, por el que se adoptan medidas
tributarias, organizativas y de gestión como consecuencia de la erupción volcánica en la
isla de La Palma. En el se trató de contemplar todos los posibles escenarios derivados
de los devastadores efectos que se estaban produciendo, y que aún estaban por venir,
pero, como ahora se explicará, han tenido que ser ampliados.
En este sentido, el citado Decreto-ley 12/2021 se dictó con un doble objetivo en
materia tributaria: por un lado, facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias, y, por
otro, aliviar la carga impositiva de las actuaciones tendentes a la reposición de los bienes
destruidos por la erupción. A estos efectos, las medidas aprobadas se agruparon en tres
bloques: el primero recogió ampliaciones de plazos de presentación de autoliquidaciones
y de fechas de vencimiento de deudas aplazadas o fraccionadas, así como
aplazamientos de deudas en periodo ejecutivo, el segundo bloque, contempló un
conjunto de beneficios fiscales que derivan en una nula o reducida tributación de las
operaciones gravadas en diversos tributos, vinculadas con la reposición o reconstrucción
de todo lo perdido o dañado por la erupción volcánica, y el tercero, estableció una
reducción proporcional de las cuotas fijas de una parte de la Tasa fiscal sobre juegos de
suerte, envite o azar.
La incertidumbre que ha acompañado a todo este proceso natural, ha requerido
realizar la pertinente adaptación de algunas medidas a las nuevas circunstancias
concurrentes; con este fin, tanto la Ley 6/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2022, como diversas Órdenes
del Consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, volvieron a recoger
medidas de naturaleza tributaria circunscritas a la isla de La Palma, ampliando y
aclarando las ya existentes, y creando otras nuevas. Estas Órdenes son las siguientes: