III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-8730)
Resolución 420/38137/2023, de 29 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Complutense de Madrid, para la definición, desarrollo y ejecución del Máster Universitario en "Logística y Gestión Económica de la Defensa".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 82
Jueves 6 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 50772
entidades colaboradoras para la realización de esas prácticas externas, como parte
integral de su currículo académico o como complemento de sus estudios universitarios.
Que el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la
organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de
su calidad, regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y la posibilidad
de introducir prácticas externas en los planes de estudio, reforzando el compromiso con
la empleabilidad y enriqueciendo la formación de los estudiantes en un entorno acorde
con la realidad diaria del ámbito profesional en el que desarrollarán su actividad futura.
Que el Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el
Estatuto del Estudiante Universitario, define las prácticas académicas externas como una
actividad de naturaleza formativa, realizada por los estudiantes y supervisada por las
universidades, cuyo objeto es permitir a los estudiantes aplicar y complementar los
conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de
competencias que le preparen para el ejercicio de actividades profesionales y faciliten su
empleabilidad.
Que por Acuerdo del Consejo de Ministros, de 16 de diciembre 2011, se declara el
carácter oficial del título de Máster Universitario en Logística y Gestión Económica de la
Defensa y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
Que la Guía de la «Fundación Madri+d», como órgano competente para la
evaluación del Sistema Universitario madrileño, de cara a garantizar la calidad de los
programas formativos de las universidades de la región, establece que, en el caso de
que el Máster tenga una orientación profesional, debe tener prácticas externas
obligatorias de, al menos, un 10% de los créditos del sistema europeo de transferencia
de créditos (ECTS), 6 para Máster de 60 ECTS, 9 para Máster de 90 ECTS y 12 para
Máster de 120 ECTS. Estas prácticas externas podrán ser optativas, siempre y cuando
exista otra materia optativa alternativa, en la que se obtengan las mismas competencias
que las que se obtendrían en las prácticas externas. Para ello, la memoria del título debe
proporcionar la información suficiente sobre el número de créditos, convenios con
entidades colaboradoras, número de plazas ofertadas, funciones que se desarrollarán,
resultados de aprendizaje, sistemas de evaluación, etc.
Asimismo, también han de tenerse en cuenta las directrices generales de la
Universidad Complutense de Madrid (UCM) para la aprobación de las enseñanzas Grado
y Máster, aprobadas por el Consejo de Gobierno de la UCM.
Quinto.
Que es deseo de ambas instituciones suscribir un convenio que entrañe la
realización de las actividades necesarias para el desarrollo de la titulación oficial,
definida entre la UCM y el CESIA, que pudiera reunir los requisitos antes señalados y
recogidos en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, en concordancia con lo establecido en
la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
Primera. Objeto del convenio.
El objeto de este convenio es acordar las actividades necesarias para la ejecución
del Máster Universitario en Logística y Gestión Económica de la Defensa, título oficial del
Espacio Europeo de Educación Superior, como se recoge en el Acuerdo del Consejo de
Ministros de 16 de diciembre 2011, dirigido para oficiales de la Armada con título de
grado o equivalente, y para licenciados y graduados, en general, en el ámbito civil,
interesados en áreas relacionadas con la Logística y las Fuerzas Armadas.
cve: BOE-A-2023-8730
Verificable en https://www.boe.es
CLÁUSULAS
Núm. 82
Jueves 6 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 50772
entidades colaboradoras para la realización de esas prácticas externas, como parte
integral de su currículo académico o como complemento de sus estudios universitarios.
Que el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la
organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de
su calidad, regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y la posibilidad
de introducir prácticas externas en los planes de estudio, reforzando el compromiso con
la empleabilidad y enriqueciendo la formación de los estudiantes en un entorno acorde
con la realidad diaria del ámbito profesional en el que desarrollarán su actividad futura.
Que el Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el
Estatuto del Estudiante Universitario, define las prácticas académicas externas como una
actividad de naturaleza formativa, realizada por los estudiantes y supervisada por las
universidades, cuyo objeto es permitir a los estudiantes aplicar y complementar los
conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de
competencias que le preparen para el ejercicio de actividades profesionales y faciliten su
empleabilidad.
Que por Acuerdo del Consejo de Ministros, de 16 de diciembre 2011, se declara el
carácter oficial del título de Máster Universitario en Logística y Gestión Económica de la
Defensa y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
Que la Guía de la «Fundación Madri+d», como órgano competente para la
evaluación del Sistema Universitario madrileño, de cara a garantizar la calidad de los
programas formativos de las universidades de la región, establece que, en el caso de
que el Máster tenga una orientación profesional, debe tener prácticas externas
obligatorias de, al menos, un 10% de los créditos del sistema europeo de transferencia
de créditos (ECTS), 6 para Máster de 60 ECTS, 9 para Máster de 90 ECTS y 12 para
Máster de 120 ECTS. Estas prácticas externas podrán ser optativas, siempre y cuando
exista otra materia optativa alternativa, en la que se obtengan las mismas competencias
que las que se obtendrían en las prácticas externas. Para ello, la memoria del título debe
proporcionar la información suficiente sobre el número de créditos, convenios con
entidades colaboradoras, número de plazas ofertadas, funciones que se desarrollarán,
resultados de aprendizaje, sistemas de evaluación, etc.
Asimismo, también han de tenerse en cuenta las directrices generales de la
Universidad Complutense de Madrid (UCM) para la aprobación de las enseñanzas Grado
y Máster, aprobadas por el Consejo de Gobierno de la UCM.
Quinto.
Que es deseo de ambas instituciones suscribir un convenio que entrañe la
realización de las actividades necesarias para el desarrollo de la titulación oficial,
definida entre la UCM y el CESIA, que pudiera reunir los requisitos antes señalados y
recogidos en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, en concordancia con lo establecido en
la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
Primera. Objeto del convenio.
El objeto de este convenio es acordar las actividades necesarias para la ejecución
del Máster Universitario en Logística y Gestión Económica de la Defensa, título oficial del
Espacio Europeo de Educación Superior, como se recoge en el Acuerdo del Consejo de
Ministros de 16 de diciembre 2011, dirigido para oficiales de la Armada con título de
grado o equivalente, y para licenciados y graduados, en general, en el ámbito civil,
interesados en áreas relacionadas con la Logística y las Fuerzas Armadas.
cve: BOE-A-2023-8730
Verificable en https://www.boe.es
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