III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-8681)
Resolución de 28 de marzo de 2023, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, para el desarrollo de la edición 2023-24 del Programa estatal de circulación de espectáculos de artes escénicas en espacios de las entidades locales ("Platea").
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 81
Miércoles 5 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 50423
– Desde Canarias (residentes): 150 euros, como máximo, por persona, ida y vuelta.
– Desde Illes Balears (residentes): 100 euros, como máximo, por persona, ida y vuelta.
– Desde Ceuta: 100 euros, como máximo, por persona, ida y vuelta.
– Desde Melilla: 150 euros, como máximo, por persona, ida y vuelta.
El INAEM incorporará a la contraprestación del contrato, siempre dentro de estos
límites la cuantía que la compañía acredite mediante facturas como gasto efectivo. En
los casos de traslados de personas entre dos territorios extrapeninsulares, la cuantía
máxima del gasto por persona y traslado de ida y vuelta no podrá superar la suma de los
máximos establecidos para los dos trayectos equivalentes de la tabla anterior.
2. No fijar un tope específico para el traslado de carga. El INAEM computará
íntegramente, previa presentación de presupuesto (mediante consignación del coste en
la carta-compromiso y la aplicación) por parte de la Compañía y la Entidad Local, el
coste del sobrepeso o flete de la carga. El INAEM asumirá el abono de los gastos
relativos a los cuadernos ATA. No asumirá otros gastos complementarios como los
relativos al embarque o desembarque; al alquiler, aparcamiento o inmovilización de
furgonetas, camiones; a la retribución, alojamiento o manutención de conductores; etc.
El INAEM, en el momento de preparar los contratos, informará a las Compañías de
estos límites y negociará las cuantías concretas, incorporándolas al contrato.
3. Fijar un máximo de 100 euros por cada prueba PCR.
4. En cualquier caso, el importe máximo que el INAEM abonará por la suma de los
conceptos de caché más complemento de extrapeninsularidad será de 18.150 euros (IVA
incluido).
ANEXO III
Requisitos mínimos de autofinanciación para renovar la adhesión a Platea 2023-24
Autofinanciación mínima requerida en 2022-23 a las Entidades Locales que no
alcanzaron el 12 % de autofinanciación en 2019 y no han superado el 15 % desde
entonces:
Entidad Local
Índice de autofinanciación
requerido
10 %
Ayuntamiento de Huesca.
15 %
Ayuntamiento de Gandía.
15 %
cve: BOE-A-2023-8681
Verificable en https://www.boe.es
Ayuntamiento de Errenteria.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 81
Miércoles 5 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 50423
– Desde Canarias (residentes): 150 euros, como máximo, por persona, ida y vuelta.
– Desde Illes Balears (residentes): 100 euros, como máximo, por persona, ida y vuelta.
– Desde Ceuta: 100 euros, como máximo, por persona, ida y vuelta.
– Desde Melilla: 150 euros, como máximo, por persona, ida y vuelta.
El INAEM incorporará a la contraprestación del contrato, siempre dentro de estos
límites la cuantía que la compañía acredite mediante facturas como gasto efectivo. En
los casos de traslados de personas entre dos territorios extrapeninsulares, la cuantía
máxima del gasto por persona y traslado de ida y vuelta no podrá superar la suma de los
máximos establecidos para los dos trayectos equivalentes de la tabla anterior.
2. No fijar un tope específico para el traslado de carga. El INAEM computará
íntegramente, previa presentación de presupuesto (mediante consignación del coste en
la carta-compromiso y la aplicación) por parte de la Compañía y la Entidad Local, el
coste del sobrepeso o flete de la carga. El INAEM asumirá el abono de los gastos
relativos a los cuadernos ATA. No asumirá otros gastos complementarios como los
relativos al embarque o desembarque; al alquiler, aparcamiento o inmovilización de
furgonetas, camiones; a la retribución, alojamiento o manutención de conductores; etc.
El INAEM, en el momento de preparar los contratos, informará a las Compañías de
estos límites y negociará las cuantías concretas, incorporándolas al contrato.
3. Fijar un máximo de 100 euros por cada prueba PCR.
4. En cualquier caso, el importe máximo que el INAEM abonará por la suma de los
conceptos de caché más complemento de extrapeninsularidad será de 18.150 euros (IVA
incluido).
ANEXO III
Requisitos mínimos de autofinanciación para renovar la adhesión a Platea 2023-24
Autofinanciación mínima requerida en 2022-23 a las Entidades Locales que no
alcanzaron el 12 % de autofinanciación en 2019 y no han superado el 15 % desde
entonces:
Entidad Local
Índice de autofinanciación
requerido
10 %
Ayuntamiento de Huesca.
15 %
Ayuntamiento de Gandía.
15 %
cve: BOE-A-2023-8681
Verificable en https://www.boe.es
Ayuntamiento de Errenteria.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X