III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicios portuarios. (BOE-A-2023-8672)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa, por la que se publica el Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de amarre y desamarre en el puerto de Vilagarcía de Arousa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 81

Miércoles 5 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 50289

Prescripción 14.ª: Criterios para la distribución de las obligaciones de servicio
público y cuantificación de las compensaciones entre los prestadores del servicio.
Sección IV:

Condiciones y calidad de la prestación del servicio.

Prescripción 15.ª: Condiciones de la prestación del servicio.
Prescripción 16.ª: Calidad de la prestación del servicio. Indicadores
productividad, rendimiento y de calidad.
Prescripción 17.ª: Suministro de información a la Autoridad Portuaria.
Prescripción 18.ª: Garantías.
Prescripción 19.ª: Penalizaciones y régimen sancionador.
Sección V:

de

Régimen económico del servicio.

Prescripción 20.ª: Tarifas por la prestación del servicio. Ejercicio de la potestad
tarifaria, criterios de actualización y revisión.
Prescripción 21.ª: Tarifas por intervención en situaciones de emergencias,
operaciones de salvamento, extinción de incendios o lucha contra la contaminación.
Prescripción 22.ª: Tasas portuarias.
Prescripción 23.ª: Suspensión temporal del servicio a un usuario.
Sección VI: Entrada en vigor, reclamaciones y recursos.
Prescripción 24.ª:
Prescripción 25.ª:
Anexo I:
Anexo II:
Anexo III:
Anexo IV:
Anexo V:
portuaria.
Anexo VI:

Entrada en vigor de estas prescripciones particulares.
Reclamaciones y recursos.

Glosario.
Documentación a presentar junto a la solicitud de una licencia.
Prevención de riesgos laborales.
Sobre el tratamiento de datos de carácter personal.
Modelo de cesión de datos personales del solicitante a la autoridad
Declaración de honorabilidad.
Sección I.

Prescripción 1.ª

Objeto y ámbito del servicio

Objeto y fundamento legal.

Prescripción 2.ª

Definición del servicio.

1. Se entiende por servicio de amarre el servicio cuyo objeto es recoger las
amarras de un buque, portarlas y fijarlas a los elementos dispuestos en los muelles o
atraques para este fin, siguiendo las instrucciones del Capitán del buque, y en el orden
y con la disposición conveniente para facilitar las operaciones de atraque, desamarre y
desatraque, según lo dispuesto en el artículo 128.1 del TRLPEMM.
(1)

(1)

Ver anexo I. Glosario.

cve: BOE-A-2023-8672
Verificable en https://www.boe.es

El objeto del presente Pliego de Prescripciones Particulares (en adelante, PPP) es la
regulación del otorgamiento de licencias y de la prestación del servicio portuario de
amarre y desamarre de buques en el puerto de Vilagarcía gestionado por la Autoridad
Portuaria de Vilagarcía de Arousa y su Ría (en adelante, Autoridad Portuaria), conforme
al Reglamento UE 2017/352 de 15 de febrero de 2017, por el que se crea un marco para
la prestación de servicios portuarios y se adoptan normas comunes sobre la
transparencia financiera de los puertos (en adelante, Reglamento UE 2017/352) y en
virtud de lo dispuesto en el artículo 108 y ss. del Texto Refundido de la Ley de Puertos
del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011,
de 5 de septiembre (en adelante, TRLPEMM) y sus modificaciones posteriores.