I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2023-8579)
Real Decreto 251/2023, de 4 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a la empresa ArcelorMittal España S.A. para la ejecución del proyecto Hidrógeno circular DRI, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 5 de abril de 2023

Sec. I. Pág. 50034

se completa el Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo y por
el que se establecen los criterios técnicos de selección para determinar las condiciones
en las que se considera que una actividad económica contribuye de forma sustancial a la
mitigación del cambio climático o a la adaptación al mismo, y para determinar si esa
actividad económica no causa un perjuicio significativo a ninguno de los demás objetivos
ambientales.
Paso 2: Solo en el caso de que se responda SÍ a alguno de los objetivos
medioambientales anteriores, deberá ofrecerse una evaluación sustantiva (detallada y
más exhaustiva) según el principio DNSH.
Debe tenerse en cuenta que todos los proyectos deben cumplir con el principio
DNSH. Por lo tanto, la respuesta a las preguntas de la parte 2 de la lista de verificación
debe ser «No», a fin de indicar que no se está causando un perjuicio significativo al
objetivo medioambiental en cuestión.
Pregunta

No

Mitigación del cambio climático:
¿Se prevé que la medida lleve a un aumento significativo de las emisiones de
Gases de Efecto Invernadero?

X

Adaptación al cambio climático:
¿Se espera que la medida dé lugar a un aumento de los efectos adversos de
las condiciones climáticas actuales y de las previstas en el futuro, sobre sí
misma o en las personas, la naturaleza o los activos?

X

Uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos.
¿Se espera que la medida sea perjudicial:
(i) Del buen estado o del buen potencial ecológico de las masas de agua,
incluidas las superficiales y subterráneas; o
(ii) para el buen estado medioambiental de las aguas marinas?

X

Transición hacia una economía circular, incluyendo la prevención y reciclado
de residuos.
¿Se espera que la medida X.
(i) Dé lugar a un aumento significativo de la generación, incineración o
eliminación de residuos, excepto la incineración de residuos peligrosos no
reciclables; o
(ii) genere importantes ineficiencias en el uso directo o indirecto de recursos
naturales en cualquiera de las fases de su ciclo de vida, que no se minimicen
con medidas adecuadas; o
(iii) dé lugar a un perjuicio significativo y a largo plazo para el medio ambiente
en relación a la economía circular?

X

Prevención y control de la contaminación al aire, agua y suelo.
¿Se espera que la medida dé lugar a un aumento significativo de las
emisiones de contaminantes a la atmósfera, el agua o el suelo?

X

Protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas.
¿Se espera que la medida.
(i) Vaya en gran medida en detrimento de las buenas condiciones y la
resiliencia de los ecosistemas; o
(ii) vaya en detrimento del estado de conservación de los hábitats y las
especies, en particular de aquellos de interés para la Unión?

X

Justificación
sustantiva

cve: BOE-A-2023-8579
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 81