III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2023-8561)
Resolución de 27 de marzo de 2023, de la Secretaría General de Pesca, por la que, en ejecución de sentencia, se modifica la de 3 de junio de 2020, por la que se distribuye la cuota de jurel del sector JAX/2A-14 asignada a España en el año 2020.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 80
Martes 4 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 49861
Por todo ello, esta Secretaría General de Pesca resuelve:
Primero.
En cumplimiento de la sentencia n.º 195/2022, modificar la Resolución de 3 de junio
de 2020 de la Secretaría General de Pesca, por la que se distribuye la cuota de jurel del
stock JAX/2A-14 asignada a España en el año 2020.
Segundo.
Dicha modificación se centra únicamente en la valoración de la petición realizada por
parte de la Organización de Productores de Pesca Fresca del puerto de A Coruña
(OPP-13) de 200 toneladas de cuota de jurel del stock JAX/2A-14 para cada uno de los
barcos Virgen del Faro y Virgen Tercera.
Tercero.
Respecto a la valoración de la solicitud de asignación de 200 toneladas de jurel para
cada uno de los citados buques, cabe destacar lo siguiente. Conforme a los datos que
constaban en Secretaría General de Pesca a fecha 5 de mayo de 2020, el consumo de
cuota adaptada de ambos barcos hasta aquella fecha eran los siguientes:
– Virgen del Faro. 23.625 kg, que suponía un 21 % de consumo de su cuota
adaptada de 2020, que era de 112.524 Kg.
– Virgen Tercera. 41.943 kg, que suponía un 38,46 % de consumo de su cuota
adaptada de 2029, que era de 109.048 kg.
En este sentido, a nivel individual destaca el caso de uno de los buques, el Virgen del
Faro, ya que a pesar de la disminución que hubo en 2020 de la cuota de jurel en la
zona 8c por el Reglamento comunitario de posibilidades de pesca, su asignación de
cuota en 2020 fue todavía superior al total de capturas que realizó en 2019 y también a
la media de las mismas en los años anteriores. Así, su cuota adaptada en 2020 fue
de 112.524 kg como indicado, mientras que sus capturas en 2019 fueron de 72.056 kg, y
la media de sus capturas en los cuatro años anteriores a 2018, 90.435 kg.
Así, el criterio de necesidad que alega el recurrente en la zona 8c, en base a los
consumos que llevaban los barcos en el momento de ser preparada la Resolución de 3
de junio de 2020, se contesta con estos datos y queda probado que en aquel momento,
ambos barcos disponían todavía de un amplio porcentaje de su cuota 2020 de jurel para
ser pescado, que no hacía necesario haberles asignado cuota adicional de jurel.
Analizada la situación de ambos barcos en su conjunto, es reseñable que la cuota
adaptada que los dos tenían para 2020 (221.572 kg entre ambos) era muy similar a la
captura que entre los dos realizaron en el año inmediatamente anterior, 2019, siendo
tales capturas de 223.494 kg.
Por todo lo anterior, no procede asignar cuota de jurel del stock JAX/2A-14, a los
barcos Virgen del Faro y Virgen Tercera y así se mantiene por parte de esta Secretaría
General de Pesca, el reparto realizado mediante la Resolución objeto del recurso,
Resolución de 3 de junio de 2020 de la Secretaría General de Pesca, por la que se
distribuye la cuota de jurel del stock JAX/2A-14 asignada a España en el año 2020.
Quinto.
Esta Resolución producirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado». Debe indicarse que la misma no pone fin a la vía
administrativa, por lo que en el plazo de un mes, podrá interponerse recurso de alzada
ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de conformidad con lo establecido
cve: BOE-A-2023-8561
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Núm. 80
Martes 4 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 49861
Por todo ello, esta Secretaría General de Pesca resuelve:
Primero.
En cumplimiento de la sentencia n.º 195/2022, modificar la Resolución de 3 de junio
de 2020 de la Secretaría General de Pesca, por la que se distribuye la cuota de jurel del
stock JAX/2A-14 asignada a España en el año 2020.
Segundo.
Dicha modificación se centra únicamente en la valoración de la petición realizada por
parte de la Organización de Productores de Pesca Fresca del puerto de A Coruña
(OPP-13) de 200 toneladas de cuota de jurel del stock JAX/2A-14 para cada uno de los
barcos Virgen del Faro y Virgen Tercera.
Tercero.
Respecto a la valoración de la solicitud de asignación de 200 toneladas de jurel para
cada uno de los citados buques, cabe destacar lo siguiente. Conforme a los datos que
constaban en Secretaría General de Pesca a fecha 5 de mayo de 2020, el consumo de
cuota adaptada de ambos barcos hasta aquella fecha eran los siguientes:
– Virgen del Faro. 23.625 kg, que suponía un 21 % de consumo de su cuota
adaptada de 2020, que era de 112.524 Kg.
– Virgen Tercera. 41.943 kg, que suponía un 38,46 % de consumo de su cuota
adaptada de 2029, que era de 109.048 kg.
En este sentido, a nivel individual destaca el caso de uno de los buques, el Virgen del
Faro, ya que a pesar de la disminución que hubo en 2020 de la cuota de jurel en la
zona 8c por el Reglamento comunitario de posibilidades de pesca, su asignación de
cuota en 2020 fue todavía superior al total de capturas que realizó en 2019 y también a
la media de las mismas en los años anteriores. Así, su cuota adaptada en 2020 fue
de 112.524 kg como indicado, mientras que sus capturas en 2019 fueron de 72.056 kg, y
la media de sus capturas en los cuatro años anteriores a 2018, 90.435 kg.
Así, el criterio de necesidad que alega el recurrente en la zona 8c, en base a los
consumos que llevaban los barcos en el momento de ser preparada la Resolución de 3
de junio de 2020, se contesta con estos datos y queda probado que en aquel momento,
ambos barcos disponían todavía de un amplio porcentaje de su cuota 2020 de jurel para
ser pescado, que no hacía necesario haberles asignado cuota adicional de jurel.
Analizada la situación de ambos barcos en su conjunto, es reseñable que la cuota
adaptada que los dos tenían para 2020 (221.572 kg entre ambos) era muy similar a la
captura que entre los dos realizaron en el año inmediatamente anterior, 2019, siendo
tales capturas de 223.494 kg.
Por todo lo anterior, no procede asignar cuota de jurel del stock JAX/2A-14, a los
barcos Virgen del Faro y Virgen Tercera y así se mantiene por parte de esta Secretaría
General de Pesca, el reparto realizado mediante la Resolución objeto del recurso,
Resolución de 3 de junio de 2020 de la Secretaría General de Pesca, por la que se
distribuye la cuota de jurel del stock JAX/2A-14 asignada a España en el año 2020.
Quinto.
Esta Resolución producirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado». Debe indicarse que la misma no pone fin a la vía
administrativa, por lo que en el plazo de un mes, podrá interponerse recurso de alzada
ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de conformidad con lo establecido
cve: BOE-A-2023-8561
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.