III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2023-8557)
Resolución de 27 de marzo de 2023, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con el Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León, para la organización de misiones inversas de compradores del sector de alimentación y bebidas a celebrar en Castilla y León.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 80
Martes 4 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 49827
– Preparación de una Memoria económica comprensiva de los gastos efectuados
por el Instituto, o documento equivalente disponible en el que igualmente consten los
gastos efectuados por el Instituto, y una Memoria técnica en la que se describan las
tareas realizadas en cada una de las Misiones Inversas organizadas al amparo del
presente convenio.
b)
Por parte de ICEX:
– Convocar, a través de las Ofecomes en su caso, a los participantes extranjeros en
las Misiones Inversas.
– Seguimiento y supervisión de las agendas de los invitados.
– Seguimiento y supervisión de la organización de cada una de las actividades
relacionadas con las Misiones Inversas que se lleven a cabo bajo el presente convenio.
– Preparación de una Memoria económica comprensiva de los gastos efectuados
por ICEX, o documento equivalente disponible en el que igualmente consten los gastos
efectuados por ICEX, y una memoria técnica en la que se describan las tareas realizadas
en cada una de las Misiones Inversas organizadas al amparo del presente convenio.
Tercera. Compromiso económico.
El presupuesto total establecido para las Misiones Inversas objeto de este convenio
es de hasta sesenta y tres mil euros ciento setenta y nueve euros (63.179 €). De los
cuales:
– ICEX financiará hasta un importe máximo de veintisiete mil euros (27.000 €) de los
gastos incurridos elegibles, definidos en el apartado 4.1 del convenio, que hayan sido
generados por las Misiones Inversas ejecutadas.
– Por su parte, el Instituto financiará hasta un importe máximo de treinta y seis mil
ciento setenta y nueve euros (36.179 €) de los gastos incurridos elegibles, definidos en el
apartado 4.1 del convenio, que hayan sido generados por las Misiones Inversas
ejecutadas.
A tales efectos, y de conformidad con el artículo 49.d) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y artículo 5.2.g) del Decreto 66/2013,
de 17 de octubre, por el que se regula el Registro General Electrónico de Convenios de
la Administración de la Comunidad de Castilla y León, la partida presupuestaria a la que
se imputará la aportación que corresponde al Instituto será la siguiente:
Aplicación presupuestaria
Importe
–
Euros
2023
02.22.431A01.64100.0
36.179
Gastos elegibles.
Con el importe previsto en la cláusula anterior, se financiarán los siguientes gastos
que pudieran darse en el marco de la ejecución de las Misiones Inversas llevadas a cabo
a través del presente convenio.
ICEX, con su aportación, financiará:
– El gasto de los desplazamientos internacionales de los misioneros hasta el primer
punto de destino en España;
– El alojamiento y demás gastos de manutención en dicho punto de destino;
– El desplazamiento hasta dicho alojamiento;
– Los gastos de viaje de una persona de ICEX que acompañe a la misión;
– Los seguros de viaje internacional y seguro de cancelación; y
– El desplazamiento internacional de retorno.
cve: BOE-A-2023-8557
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Año
Núm. 80
Martes 4 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 49827
– Preparación de una Memoria económica comprensiva de los gastos efectuados
por el Instituto, o documento equivalente disponible en el que igualmente consten los
gastos efectuados por el Instituto, y una Memoria técnica en la que se describan las
tareas realizadas en cada una de las Misiones Inversas organizadas al amparo del
presente convenio.
b)
Por parte de ICEX:
– Convocar, a través de las Ofecomes en su caso, a los participantes extranjeros en
las Misiones Inversas.
– Seguimiento y supervisión de las agendas de los invitados.
– Seguimiento y supervisión de la organización de cada una de las actividades
relacionadas con las Misiones Inversas que se lleven a cabo bajo el presente convenio.
– Preparación de una Memoria económica comprensiva de los gastos efectuados
por ICEX, o documento equivalente disponible en el que igualmente consten los gastos
efectuados por ICEX, y una memoria técnica en la que se describan las tareas realizadas
en cada una de las Misiones Inversas organizadas al amparo del presente convenio.
Tercera. Compromiso económico.
El presupuesto total establecido para las Misiones Inversas objeto de este convenio
es de hasta sesenta y tres mil euros ciento setenta y nueve euros (63.179 €). De los
cuales:
– ICEX financiará hasta un importe máximo de veintisiete mil euros (27.000 €) de los
gastos incurridos elegibles, definidos en el apartado 4.1 del convenio, que hayan sido
generados por las Misiones Inversas ejecutadas.
– Por su parte, el Instituto financiará hasta un importe máximo de treinta y seis mil
ciento setenta y nueve euros (36.179 €) de los gastos incurridos elegibles, definidos en el
apartado 4.1 del convenio, que hayan sido generados por las Misiones Inversas
ejecutadas.
A tales efectos, y de conformidad con el artículo 49.d) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y artículo 5.2.g) del Decreto 66/2013,
de 17 de octubre, por el que se regula el Registro General Electrónico de Convenios de
la Administración de la Comunidad de Castilla y León, la partida presupuestaria a la que
se imputará la aportación que corresponde al Instituto será la siguiente:
Aplicación presupuestaria
Importe
–
Euros
2023
02.22.431A01.64100.0
36.179
Gastos elegibles.
Con el importe previsto en la cláusula anterior, se financiarán los siguientes gastos
que pudieran darse en el marco de la ejecución de las Misiones Inversas llevadas a cabo
a través del presente convenio.
ICEX, con su aportación, financiará:
– El gasto de los desplazamientos internacionales de los misioneros hasta el primer
punto de destino en España;
– El alojamiento y demás gastos de manutención en dicho punto de destino;
– El desplazamiento hasta dicho alojamiento;
– Los gastos de viaje de una persona de ICEX que acompañe a la misión;
– Los seguros de viaje internacional y seguro de cancelación; y
– El desplazamiento internacional de retorno.
cve: BOE-A-2023-8557
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Año