III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Navegación aérea. (BOE-A-2023-8555)
Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se adopta un medio alternativo de cumplimiento al requisito ATCO.MED.B.070 del anexo IV del Reglamento (UE) 2015/340 de la Comisión de 20 de febrero de 2015, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relativos a las licencias y los certificados de los controladores de tránsito aéreo, en relación con la implantación de lentes intraoculares multifocales; AN-D-004.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 80

Martes 4 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 49796

competencias que le confiere el artículo 9.1.d) del Estatuto de la Agencia Estatal de
Seguridad Aérea aprobado por el Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, resuelve:
Primero.

Objeto.

Aprobar, como medio alternativo de cumplimiento (AltMoC) al requisito
ATCO.MED.B.070, la posibilidad del uso de lentes multifocales, estableciendo las
comprobaciones necesarias para garantizar el cumplimiento con el citado requisito, como
sigue:
En el caso de que se haya implantado una lente multifocal, será necesaria una
evaluación aeromédica completa y un examen oftalmológico efectuado por un
especialista en oftalmología que incluya valoración funcional del aparato visual. Además,
deberá considerarse el ambiente de trabajo en el que se desarrollan las funciones de
control (prueba operativa).
Segundo.

Ámbito.

La presente Resolución es aplicable respecto al cumplimiento de los requisitos de
certificados médicos de clase 3, anexo IV (Parte ATCO.MED) del Reglamento (UE) N.º
2015/340, de 20 de febrero.
Tercero.

Vigencia.

La medida contenida en esta resolución entrará en vigor al día siguiente de su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo
Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente a la publicación de este acto, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o,
alternativamente, recurso potestativo de reposición ante la Directora de AESA, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un
mes contado a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución.

cve: BOE-A-2023-8555
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 23 de febrero de 2023.–La Directora de la Agencia Estatal de Seguridad
Aérea, Montserrat Mestres Domènech.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X