II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Personal laboral. (BOE-A-2023-8513)
Resolución de 1 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de plaza de personal laboral fijo acogido al IV Convenio Colectivo de personal laboral en la Administración General del Estado, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 4 de abril de 2023

Sec. II.B. Pág. 49679

Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante este órgano en el plazo de un mes desde su publicación o bien
recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante
la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en
caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso
administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de la
resolución del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 1 de marzo de 2023.–El Subsecretario del Ministerio de Universidades,
Markus González Beilfuss.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
El sistema selectivo será el concurso y se desarrollará de acuerdo a las valoraciones
referidas a la fecha de publicación de la convocatoria.
En este proceso se valorarán, mediante el certificado de requisitos y méritos, los
siguientes méritos.
La puntuación máxima a alcanzar será de 100 puntos.
a) Méritos profesionales: se valorarán, hasta un máximo de 60 puntos, los servicios
efectivos prestados hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, de acuerdo con
la siguiente puntuación:
a.1) Valoración por mes completo de servicios efectivos prestados en el ámbito de
la Administración General del Estado como empleados/as públicos/as en la misma
clasificación profesional a la que se pretende acceder, en los que se hayan desarrollado
tareas o funciones idénticas a las descritas en la base I para la plaza a la que se opta, a
razón de 0,50 puntos por cada mes completo de servicios efectivos, hasta un máximo
de 60 puntos.
a.2) Valoración por mes completo de servicios efectivos prestados como
empleados/as públicos/as en la misma clasificación profesional a la que se pretende
acceder, con funciones equivalentes a las descritas en la base I para la plaza a la que se
opta, en otros ámbitos, incluidas las Administraciones Públicas de los Estados miembros
de la Unión Europea, así como en la Administración Pública de aquellos Estados a los
que, en virtud de Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados
por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que
ésta se define en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. A razón de 0,25
puntos por cada mes completo de servicios efectivos, hasta un máximo de 30 puntos.
b) Valoración de los méritos académicos y de superación de ejercicios de procesos
selectivos: 40 puntos, desglosados de la siguiente forma:
b.1) Por la superación en los últimos 5 años, de uno o más ejercicios integrantes de
los procesos selectivos para el acceso al mismo nivel de clasificación profesional, se
otorgarán 10 puntos. En el caso de que dichas convocatorias no se hayan celebrado en
los últimos 5 años, esta puntuación se repartirá proporcionalmente entre los otros dos
méritos académicos previstos en este apartado.

cve: BOE-A-2023-8513
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Núm. 80