II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Personal laboral. (BOE-A-2023-8513)
Resolución de 1 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de plaza de personal laboral fijo acogido al IV Convenio Colectivo de personal laboral en la Administración General del Estado, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 4 de abril de 2023

Sec. II.B. Pág. 49675

identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en
cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea del modelo oficial.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
La documentación adicional que, según lo previsto en los apartados 4.7 y 4.9, se
debe remitir junto con la solicitud, se podrá hacer anexionándola, en documento pdf, a la
solicitud telemática o presentándola directamente en los lugares previstos en el párrafo
siguiente.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas
se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en
la cuenta corriente número ES06 0182-2370-49-0200203962 (código IBAN, ES06;
código BIC: BBVAESMMXXX), del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante
transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera, a
nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda. Derechos de examen». Este
sistema de pago solo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.
4.3 El importe de la tasa por participar en el proceso selectivo será, con carácter
general, de 31,10 euros, y para las familias numerosas de categoría general de 15,55 euros.
El ingreso del importe se realizará haciendo uso del servicio de Inscripción en
Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es) en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo por la que se establecen los
supuestos y las condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que
constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos
Públicos. La constancia del correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de
Referencia Completo (NRC) emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
(AEAT) que figurará en el justificante de registro. Estarán exentos del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento,
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad
haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la
dirección https://ips.redsara.es/IPSC/secure/tablaComunidades. En este caso, y previa
conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el
acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas
ofrecido a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un
mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención
que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se
hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,
formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición
expresa del interesado, por el órgano gestor mediante acceso a la Plataforma de
Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio
de Inscripción en Pruebas Selectivas.
En caso de no dar el consentimiento, la certificación relativa a la condición de
demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los
servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará
mediante certificación de la declaración presentada del impuesto sobre la Renta de la
Personas Físicas, correspondiente al último ejercicio y, en su caso, del certificado del
nivel de renta.

cve: BOE-A-2023-8513
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 80