I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Elecciones. Convocatoria. (BOE-A-2023-8489)
Decreto 20/2023, de 3 de abril, por el que se convocan elecciones a la entidad local menor de Palmanyola.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 80

Martes 4 de abril de 2023
Artículo 2.

Sec. I. Pág. 49534

Elección de la Presidencia de la entidad local menor de Palmanyola.

La elección de la Alcaldía Pedánea será directa por parte de los electores de
Palmanyola, de acuerdo con lo previsto en el artículo 199.2 de la Ley Orgánica 5/1985,
de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
Artículo 3. Asignación de vocalías de la Junta Vecinal de Palmanyola.
La asignación de las cuatro vocalías de la Junta Vecinal se realizará de acuerdo con
lo previsto en los apartados 4 y 5 del artículo 199 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de
junio, del Régimen Electoral General, y la designación de las personas para ocupar estas
vocalías, de acuerdo con lo previsto en el apartado 6 de mismo artículo.
Artículo 4.

Duración de la campaña electoral.

La campaña electoral tendrá una duración de quince días; empezará a las cero horas
del día 12 de mayo de 2023 y acabará a las veinticuatro horas del día 26 de mayo
de 2023.
Artículo 5. Normativa de aplicación.
Las elecciones convocadas por este decreto se rigen por la Ley Orgánica 5/1985,
de 19 de junio, del Régimen Electoral General, y por su normativa de desarrollo.
En cuanto a los medios materiales, se rigen por lo previsto en el Decreto 605/1999,
de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales, con las
adaptaciones necesarias en relación con la información en las dos lenguas oficiales.
Disposición final única.

Entrada en vigor.

Este decreto se publicará conjuntamente en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» y
en el «Boletín Oficial del Estado» y entrará en vigor el mismo día que se publique.

cve: BOE-A-2023-8489
Verificable en https://www.boe.es

Palma, 3 de abril de 2023.–La Presidenta, Francesca Lluch Armengol i Socias.–La
Consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, Mercedes Garrido Rodríguez.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X