II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Destinos. (BOE-A-2023-8318)
Resolución de 29 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso convocado por Resolución de 5 de septiembre de 2022, en el Servicio Público de Empleo Estatal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 79

Lunes 3 de abril de 2023

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
8318

Resolución de 29 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve el concurso convocado por Resolución de 5 de septiembre de 2022,
en el Servicio Público de Empleo Estatal.

Por Resolución de 5 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría (BOE de 15 de
septiembre), se convocó concurso general para la provisión de puestos de trabajo en el
en el Servicio Público de Empleo Estatal.
Vista la propuesta formulada por la Comisión de Valoración y habiéndose cumplido
las normas establecidas en el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de
la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado,
aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, así como las bases de la
convocatoria,
Esta Subsecretaría, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ha resuelto:
Primero.
Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración y resolver el concurso,
adjudicando los puestos de trabajo de la referida convocatoria a los funcionarios en los
términos que se recogen en el anexo a esta Resolución.
Segundo.
Declarar desiertos y/o sin adjudicar los puestos que se especifican en el citado
anexo, motivados por la falta de peticionarios, por no haber alcanzado ninguno de los
candidatos la puntuación mínima exigida, o por cualquier otra circunstancia prevista en la
Resolución de la convocatoria.

1. El plazo de toma de posesión del destino obtenido será de tres días hábiles si no
implica cambio de residencia del funcionario, o un mes si comporta cambio de residencia
o el reingreso al servicio activo. Dicho plazo comenzará a contar a partir del día siguiente
al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la
publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
deberá computarse desde su publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y
licencias que, en su caso, estén disfrutando las personas adjudicatarias, salvo que por
causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
No obstante, para el personal funcionario que se encuentre en licencia por
enfermedad, se llevará a efecto el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin
que por ello finalice la licencia que tenga concedida.
2. La persona titular de la Subsecretaría del Departamento donde presta servicios
el funcionario podrá diferir el cese, por necesidades del servicio debidamente motivadas,
hasta 20 días hábiles, comunicándose a la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo y
Economía Social.

cve: BOE-A-2023-8318
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Tercero.