III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-8426)
Resolución de 24 de marzo de 2023, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Fundación Iberdrola España, para el desarrollo del programa de becas Fundación Iberdrola España-Museo del Prado en el taller de Restauración y Gabinete Técnico del Museo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 79

Lunes 3 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 49275

EXPONEN
Primero.
Que con fecha 24 de septiembre de 2021, (BOE núm. 229), se publicó la Resolución
de 20 de septiembre de 2021, del Museo Nacional del Prado, por la que se publicaba el
convenio suscrito con la Fundación Iberdrola España con fecha 16 de septiembre
de 2021 para el desarrollo del programa de becas Fundación Iberdrola España-Museo
del Prado en el Taller de Restauración y Gabinete Técnico del Museo (en adelante, el
«Convenio»).
Segundo.
Que una vez adjudicadas las correspondientes becas por parte del MNP, las partes
desean ampliar la financiación de las mismas con el fin de asignar a cada becario un
importe destinado a cubrir gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención, que
serán abonados directamente por la Fundación Iberdrola España.
Que, en atención a nuevas necesidades descritas, de acuerdo a la cláusula
decimotercera del convenio relativa a la facultad de modificación del convenio, ambas
partes han acordado formalizar la presente adenda de modificación del mismo, en los
siguientes términos;
CLÁUSULAS
Primera. Modificación de la cláusula quinta del convenio.
La cláusula quinta relativa a la dotación de la beca, queda redactada del siguiente
modo:
Dotación de la beca.

5.1 La dotación de cada beca ascenderá a una cantidad de 18.600 euros
(dieciocho mil seiscientos euros), cuyo importe se destinará a cubrir los importes
abonables a los becados que se distribuirán mensualmente durante una duración
de doce meses consecutivos, así como a la cotización en la seguridad social.
En consecuencia, la Fundación cubrirá el coste total del programa de Becas,
ascendiendo el mismo a 55.800 euros (cincuenta y cinco mil ochocientos euros).
Dicha cantidad debe entenderse como importe total por todos los conceptos
(incluyendo impuestos, tasas o cualquier otro concepto que se devenguen sobre la
misma) que será abonado por la Fundación.
La Fundación efectuará un solo pago al Museo, previa presentación de la
solicitud correspondiente conforme al modelo del anexo 1, por la dotación de la
totalidad de las becas previo a la publicación de la convocatoria. Esta aportación
se hará efectiva en la cuenta corriente titularidad del Museo del Prado núm. ES92
2100 5731 78 0200031882.
El Museo se compromete a destinar el importe íntegro de la aportación
económica recibida a las becas. El incumplimiento de esta obligación constituiría
un incumplimiento grave del presente convenio que dará derecho a la Fundación a
resolver unilateralmente el convenio y a exigir la devolución de la totalidad de las
cantidades que se hubieren aportado al Museo.
Una vez recibida la referida aportación económica, el Museo expedirá a favor
de la Fundación justificante, de acuerdo con el modelo del anexo 2, acreditativo de
la aportación realizada y su aplicación con los fines previstos en este convenio
conforme a los principios de ética y comportamiento responsable en él
referenciados.

cve: BOE-A-2023-8426
Verificable en https://www.boe.es

«Quinta.