III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2023-8436)
Resolución de 24 de marzo de 2023, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Asociación YMCA, para la realización de prácticas formativas del alumnado del Centro de Recuperación de Personas con Discapacidad Física de Salamanca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 79

Lunes 3 de abril de 2023
Segunda.

Sec. III. Pág. 49316

Finalidad de las prácticas de formación.

La finalidad única y exclusiva de las prácticas a realizar por el/los alumno/s
mencionado/s, es únicamente la de conocer el funcionamiento de la entidad YMCA en
Salamanca, sus métodos de trabajo y organización, como complemento práctico a sus
estudios. En consecuencia, la relación que mantienen con la citada entidad es
exclusivamente formativa, sin percibir salario o estipendio alguno.
El hecho de que el alumnado realice prácticas en la entidad YMCA en Salamanca, no
supondrá ningún tipo de relación laboral con ella ni determinará la existencia de ninguna
responsabilidad por su parte.
Tercera. Cobertura de riesgos.
Cualquier accidente o enfermedad que pudieran sufrir los/las alumnas/os, así como
la responsabilidad civil en la que pudieran incurrir con ocasión o como consecuencia del
desarrollo de las actividades formativas, incluidos los desplazamientos, entre el CRMF
de Salamanca y la Entidad donde se llevarán a cabo las prácticas, quedarán cubiertos
por el seguro de accidentes y responsabilidad civil contratado por el Centro CRMF de
Salamanca del Imserso.
Cuarta.

Comisión mixta.

Se constituye una comisión mixta integrada por dos representantes nombrados por
cada una de las partes, a la que corresponde concretar las actuaciones de cooperación
que se vayan a llevar a cabo de entre las previstas en este convenio, así como velar por
el cabal cumplimiento de los objetivos comunes perseguidos por ambas partes.
Uno de los dos representantes de cada una de las partes será un tutor/instructor
nombrados por la entidad YMCA en Salamanca y por el Imserso, a través del CRMF de
Salamanca, para la coordinación y el seguimiento de las actividades formativas en la
empresa, que garantice la orientación y la consulta del alumno/a, así como las relaciones
con el Imserso a través del director del CRMF de Salamanca.
La comisión mixta constituirá el cauce estable de comunicación entre el Imserso y la
entidad YMCA en Salamanca. La propia comisión, una vez constituida, decidirá su
régimen de reuniones y de adopción válida de acuerdos.
En particular, a la comisión le corresponde establecer las fechas y horarios de
realización de las prácticas por el alumnado, de conformidad con la cláusula siguiente.
La comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en el presente convenio y
supletoriamente por lo estipulado en la Sección tercera, del capítulo II, del título
preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinta. Período de prácticas.

Sexta.

Fichas de seguimiento.

El contenido y desarrollo de las actividades formativas en la entidad YMCA en
Salamanca, serán objeto de seguimiento, valoración y supervisión a través de las fichas
de seguimiento, elaboradas por el Centro CRMF Salamanca, a través de la comisión
mixta recogida en la cláusula cuarta del presente convenio.
El Centro CRMF Salamanca pondrá a disposición de la entidad YMCA en
Salamanca, una ficha de seguimiento de asistencia diaria a las actividades formativas
realizadas, con registro de la fecha de realización y tendrá el visto bueno de la comisión

cve: BOE-A-2023-8436
Verificable en https://www.boe.es

El período de prácticas que realizarán las personas alumnas del Centro CRMF
Salamanca tendrá una duración aproximada de 40 u 80 horas para cada una, (o su
equivalente en días). Se establece un máximo horario diario de 5 horas, que será de
mañana/tarde, de acuerdo con las necesidades del servicio de la entidad colaboradora
YMCA en Salamanca, donde se van a realizar las actividades formativas.