II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-8392)
Resolución de 22 de marzo de 2023, de la Universidad de Murcia, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 3 de abril de 2023
7.
Sec. II.B. Pág. 48915
Propuesta de provisión
7.1 La Comisión elevará al Rector, en el plazo máximo de 6 (seis) meses desde la
publicación de la convocatoria, excluido en su caso el mes de agosto en el que la
comisión no actuará, una propuesta motivada, y con carácter vinculante, en la que se
relacionarán todas las personas candidatas por orden de preferencia para su
nombramiento. Dicha relación vendrá predeterminada por los resultados de las pruebas
y no se podrá proponer a más candidatas o candidatos que el número de plazas que
hayan sido objeto de la convocatoria, pero sí un número inferior de ellas, o, incluso la no
propuesta de candidata o candidato.
La propuesta de provisión se publicará en el tablón oficial de la Universidad de
Murcia (TOUM), en la dirección electrónica: https://sede.um.es/sede/tablon/inicio.seam,
en la Oficina Virtual de Recursos Humanos (CONVOCUM) https://convocum.um.es/ y en
el tablón de anuncios del lugar donde se hayan realizado las pruebas del concurso.
7.2 Junto con la propuesta, el Secretario o la Secretaria de la Comisión, en el plazo
de los 5 (cinco) días hábiles siguientes al de finalización de las actuaciones, entregará en
la Secretaría General de la Universidad toda la documentación relativa a las actuaciones
de la Comisión, así como una copia de la documentación entregada por cada candidata
o candidato, que una vez finalizado el concurso y firme la resolución del mismo, les
podrá ser devuelta si así lo solicitan, salvo que se interponga recurso, en cuyo caso el
depósito continuará hasta que haya resolución firme.
Transcurridos 6 (seis) meses adicionales sin que la persona interesada hubiera
retirado dicha documentación, la Universidad podrá disponer su destrucción.
7.3 Las personas concursantes podrán acceder a los informes o valoraciones
efectuadas por la Comisión y tendrán derecho a la expedición de las correspondientes
copias, mediante solicitud dirigida al Secretario General de la Universidad.
7.4 Contra las propuestas de las Comisiones Evaluadoras de los concursos de
acceso, las personas admitidas al concurso podrán presentar reclamación ante el Rector,
en el plazo máximo de 10 (diez) días hábiles a contar desde el siguiente al de la
publicación de dichas propuestas en el tablón oficial de la Universidad de Murcia
(TOUM).
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta su
resolución definitiva.
La reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones en la forma prevista
en el artículo 15 de la Normativa de Concursos de Acceso a Cuerpos Docentes
Universitarios de la Universidad de Murcia.
8. Presentación de documentos y nombramientos
8.1 Las personas candidatas propuestas para la provisión de plazas deberán
presentar en la Secretaría General de la Universidad, en los 20 (veinte) días hábiles
siguientes al de conclusión de las actuaciones de la Comisión, los siguientes
documentos:
a) Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento
equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la española.
b) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas correspondientes a profesor o profesora de universidad.
c) Copia compulsada del Título de Doctora o Doctor, en el supuesto de Títulos no
expedidos por el Rector de la Universidad de Murcia.
d) Copia compulsada de la certificación acreditativa de haber finalizado el
Programa Ramón y Cajal.
e) Copia compulsada de la certificación favorable de la evaluación I3 de la actividad
investigadora.
f) Declaración jurada de no haber sido separada o separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los Órganos
cve: BOE-A-2023-8392
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 79
Lunes 3 de abril de 2023
7.
Sec. II.B. Pág. 48915
Propuesta de provisión
7.1 La Comisión elevará al Rector, en el plazo máximo de 6 (seis) meses desde la
publicación de la convocatoria, excluido en su caso el mes de agosto en el que la
comisión no actuará, una propuesta motivada, y con carácter vinculante, en la que se
relacionarán todas las personas candidatas por orden de preferencia para su
nombramiento. Dicha relación vendrá predeterminada por los resultados de las pruebas
y no se podrá proponer a más candidatas o candidatos que el número de plazas que
hayan sido objeto de la convocatoria, pero sí un número inferior de ellas, o, incluso la no
propuesta de candidata o candidato.
La propuesta de provisión se publicará en el tablón oficial de la Universidad de
Murcia (TOUM), en la dirección electrónica: https://sede.um.es/sede/tablon/inicio.seam,
en la Oficina Virtual de Recursos Humanos (CONVOCUM) https://convocum.um.es/ y en
el tablón de anuncios del lugar donde se hayan realizado las pruebas del concurso.
7.2 Junto con la propuesta, el Secretario o la Secretaria de la Comisión, en el plazo
de los 5 (cinco) días hábiles siguientes al de finalización de las actuaciones, entregará en
la Secretaría General de la Universidad toda la documentación relativa a las actuaciones
de la Comisión, así como una copia de la documentación entregada por cada candidata
o candidato, que una vez finalizado el concurso y firme la resolución del mismo, les
podrá ser devuelta si así lo solicitan, salvo que se interponga recurso, en cuyo caso el
depósito continuará hasta que haya resolución firme.
Transcurridos 6 (seis) meses adicionales sin que la persona interesada hubiera
retirado dicha documentación, la Universidad podrá disponer su destrucción.
7.3 Las personas concursantes podrán acceder a los informes o valoraciones
efectuadas por la Comisión y tendrán derecho a la expedición de las correspondientes
copias, mediante solicitud dirigida al Secretario General de la Universidad.
7.4 Contra las propuestas de las Comisiones Evaluadoras de los concursos de
acceso, las personas admitidas al concurso podrán presentar reclamación ante el Rector,
en el plazo máximo de 10 (diez) días hábiles a contar desde el siguiente al de la
publicación de dichas propuestas en el tablón oficial de la Universidad de Murcia
(TOUM).
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta su
resolución definitiva.
La reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones en la forma prevista
en el artículo 15 de la Normativa de Concursos de Acceso a Cuerpos Docentes
Universitarios de la Universidad de Murcia.
8. Presentación de documentos y nombramientos
8.1 Las personas candidatas propuestas para la provisión de plazas deberán
presentar en la Secretaría General de la Universidad, en los 20 (veinte) días hábiles
siguientes al de conclusión de las actuaciones de la Comisión, los siguientes
documentos:
a) Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento
equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la española.
b) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas correspondientes a profesor o profesora de universidad.
c) Copia compulsada del Título de Doctora o Doctor, en el supuesto de Títulos no
expedidos por el Rector de la Universidad de Murcia.
d) Copia compulsada de la certificación acreditativa de haber finalizado el
Programa Ramón y Cajal.
e) Copia compulsada de la certificación favorable de la evaluación I3 de la actividad
investigadora.
f) Declaración jurada de no haber sido separada o separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los Órganos
cve: BOE-A-2023-8392
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 79