III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-8411)
Resolución de 20 de febrero de 2023, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de L'Hospitalet de Llobregat, para el desarrollo de un proyecto piloto de integración de las estaciones ferroviarias del municipio, L'Hospitalet de Llobregat y Bellvitge, en el marco de la "Convocatoria del plan nacional de territorios inteligentes de la agenda digital para España. Pilotos de edificios inteligentes".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 79

Lunes 3 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 49077

b.3) Para la realización del Proyecto Piloto, el Ayuntamiento de L'Hospitalet de
Llobregat soportará en los términos establecidos en la Convocatoria y durante el periodo
de vigencia del convenio, sin carácter exhaustivo, las siguientes tareas:
– Las labores de mantenimiento preventivo y correctivo necesarias que permitan que
los equipos estén disponibles durante el período de vigencia del convenio.
– Realizar las modificaciones de hardware o software necesarias para realizar la
integración con la plataforma de la ciudad de los dispositivos y nodo IoT de acuerdo con
el proyecto aprobado por Red.es.
b.4) Facilitar a ADIF el acceso a la información generada o recabada por el
Ayuntamiento, que pudiera ser de relevancia para el funcionamiento de la estación y, por
tanto, para la mejora del servicio de la estación y su integración con la ciudad.
b.5) Facilitar información relativa al resultado final del Proyecto Piloto, con el
objetivo de valorar por parte de ADIF la aplicabilidad en otras estaciones. Dicha
información será catalogada como confidencial no pudiendo ADIF divulgarla ni publicarla
a terceras partes.
b.6) Proporcionar las comunicaciones necesarias entre los dispositivos/sensores
con el nodo IoT así como entre el nodo IoT y la Plataforma Ciudad.
b.7) Facilitar los datos necesarios, al objeto de medir los resultados, con la
periodicidad que se establezca en la Comisión de Seguimiento.
b.8) Facilitar el acceso a los datos recogidos, de forma que pueda disponer de la
información de los sensores en tiempo real.
b.9) Facilitar el intercambio de información de la plataforma ciudad a las estaciones
de los datos ya tratados que se obtengan de los nodos IoT de las estaciones.
b.10) Cumplirá y hará cumplir las instrucciones necesarias para la debida
observancia de las normas de seguridad, así como para el cumplimiento de la normativa
interna de Adif, para los trabajos a realizar dentro de la estación.
c)

Obligaciones por parte de ADIF.

c.1) Facilitar los espacios de la estación para la instalación de los dispositivos
acordados por las partes, así como los suministros (electricidad) y servicios necesarios
de la infraestructura física en las estaciones para la realización de este Piloto, así como
facilitar el acceso para los trabajos de mantenimiento.
c.2) Facilitar la información que se disponga, correspondiente a la gestión de la
estación, para el desarrollo de los casos de uso previstos en el anexo I.
c.3) Utilizar los datos recabados para mejorar la experiencia de los clientes.
c.4) Colaborar con el Ayuntamiento para garantizar la seguridad de los elementos
instalados en sus instalaciones y así minimizar los riesgos de posible vandalización. En ningún
caso, ADIF será responsable de los posibles desperfectos en los elementos implantados.
Tercera. Compromisos económicos asumidos por cada una de las partes.
El presente convenio no generará ni dará lugar a ninguna clase de contraprestación
económica entre las partes.
Seguimiento y gestión del convenio.

Para velar por el cumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes, así como
por la correcta ejecución de las actuaciones recogidas en el mismo, se creará una
Comisión de Seguimiento formada por los dos representantes de cada una de las partes,
o personas que estos designen:
– Por parte de Ayuntamiento de L'Hospitalet de Llobregat:
• La Directora del Área de Espacio Público o persona en quien delegue
• El Jefe del Servicio de Proyectos Estratégicos o persona en quien delegue.

cve: BOE-A-2023-8411
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.