I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-8304)
Instrumento de adhesión al Convenio sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos, hecho en Ginebra el 16 de junio de 2011.
10 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 79
Lunes 3 de abril de 2023
Sec. I. Pág. 48449
Artículo 25.
Cada vez que lo estime necesario, el Consejo de Administración de la Oficina
Internacional del Trabajo presentará a la Conferencia General una memoria sobre la
aplicación del convenio, y considerará la conveniencia de inscribir en el orden del día de
la Conferencia la cuestión de su revisión total o parcial.
Artículo 26.
1. En caso de que la Conferencia adopte un nuevo convenio que implique una revisión
del presente convenio, y a menos que en el nuevo convenio se disponga otra cosa:
a) La ratificación, por un Miembro, del nuevo convenio revisor implicará, ipso jure,
la denuncia inmediata del presente convenio, no obstante las disposiciones contenidas
en el artículo 22, siempre que el nuevo convenio revisor haya entrado en vigor;
b) a partir de la fecha en que entre en vigor el nuevo convenio revisor, el presente
convenio cesará de estar abierto a la ratificación por los Miembros.
2. El presente convenio continuará en vigor en todo caso, en su forma y contenido
actuales, para los Miembros que lo hayan ratificado y no ratifiquen el convenio revisor.
Artículo 27.
Las versiones inglesa y francesa del texto del presente convenio son igualmente
auténticas.
Manifestación
del consentimiento
Entrada en vigor
Alemania.
20/09/2013 R
20/09/2014
Antigua y Barbuda.
28/07/2021 R
28/07/2022
Argentina.
24/03/2014 R
24/03/2015
Bélgica.
10/06/2015 R
10/06/2016
Bolivia.
15/04/2013 R
15/04/2014
Brasil.
31/01/2018 R
31/01/2019
Chile.
10/06/2015 R
10/06/2016
Colombia.
09/05/2014 R
09/05/2015
Costa Rica.
20/01/2014 R
20/01/2015
Ecuador.
18/12/2013 R
18/12/2014
España.
28/02/2023 AD
29/02/2024
Filipinas.
05/09/2012 R
05/09/2013
Finlandia.
08/01/2015 R
08/01/2016
Granada.
12/11/2018 R
12/11/2019
Guinea.
25/04/2017 R
25/04/2018
Guyana.
09/08/2013 R
09/08/2014
Irlanda.
28/08/2014 R
28/08/2015
Italia.
22/01/2013 R
22/01/2014
Estados
R: Ratificación, AD: Adhesión.
cve: BOE-A-2023-8304
Verificable en https://www.boe.es
Estados parte
Núm. 79
Lunes 3 de abril de 2023
Sec. I. Pág. 48449
Artículo 25.
Cada vez que lo estime necesario, el Consejo de Administración de la Oficina
Internacional del Trabajo presentará a la Conferencia General una memoria sobre la
aplicación del convenio, y considerará la conveniencia de inscribir en el orden del día de
la Conferencia la cuestión de su revisión total o parcial.
Artículo 26.
1. En caso de que la Conferencia adopte un nuevo convenio que implique una revisión
del presente convenio, y a menos que en el nuevo convenio se disponga otra cosa:
a) La ratificación, por un Miembro, del nuevo convenio revisor implicará, ipso jure,
la denuncia inmediata del presente convenio, no obstante las disposiciones contenidas
en el artículo 22, siempre que el nuevo convenio revisor haya entrado en vigor;
b) a partir de la fecha en que entre en vigor el nuevo convenio revisor, el presente
convenio cesará de estar abierto a la ratificación por los Miembros.
2. El presente convenio continuará en vigor en todo caso, en su forma y contenido
actuales, para los Miembros que lo hayan ratificado y no ratifiquen el convenio revisor.
Artículo 27.
Las versiones inglesa y francesa del texto del presente convenio son igualmente
auténticas.
Manifestación
del consentimiento
Entrada en vigor
Alemania.
20/09/2013 R
20/09/2014
Antigua y Barbuda.
28/07/2021 R
28/07/2022
Argentina.
24/03/2014 R
24/03/2015
Bélgica.
10/06/2015 R
10/06/2016
Bolivia.
15/04/2013 R
15/04/2014
Brasil.
31/01/2018 R
31/01/2019
Chile.
10/06/2015 R
10/06/2016
Colombia.
09/05/2014 R
09/05/2015
Costa Rica.
20/01/2014 R
20/01/2015
Ecuador.
18/12/2013 R
18/12/2014
España.
28/02/2023 AD
29/02/2024
Filipinas.
05/09/2012 R
05/09/2013
Finlandia.
08/01/2015 R
08/01/2016
Granada.
12/11/2018 R
12/11/2019
Guinea.
25/04/2017 R
25/04/2018
Guyana.
09/08/2013 R
09/08/2014
Irlanda.
28/08/2014 R
28/08/2015
Italia.
22/01/2013 R
22/01/2014
Estados
R: Ratificación, AD: Adhesión.
cve: BOE-A-2023-8304
Verificable en https://www.boe.es
Estados parte