III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-8301)
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., la Fundación IMDEA Energía, la Universidad Complutense de Madrid, la Universidad CEU San Pablo, la Universidad Politécnica de Madrid, el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" y la Universidad Carlos III, para la realización del proyecto posicionamiento estratégico de la Comunidad de Madrid en I+D+i del hidrógeno verde y las pilas de combustible (GREENH2CM).
36 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 78
Sábado 1 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 48400
Decimocuarto.
El Hidrógeno verde es un portador de energía versátil que va a jugar un papel
fundamental para cumplir los objetivos de descarbonización a los que España se ha
comprometido, pero todavía se necesita un esfuerzo importante en I+D+i para que pueda
ser considerado como una alternativa económicamente viable.
En este proyecto se plantea (i) el desarrollo de tecnologías innovadoras de
producción de hidrógeno por electrólisis de baja y alta temperatura y otras vías
innovadoras, (ii) el aumento de la eficiencia en la producción de hidrógeno mediante la
optimización de la conexión electricidad renovable-electrolizador, que también permita su
operación aislados de la red, (iii) el desarrollo de tecnologías que permitan la
optimización de la integración de la pila de combustible en diversas aplicaciones y (iv) el
desarrollo de tecnologías de combustión segura del hidrógeno, puro o mezclado, en
dispositivos de uso final (combustores, motores, turbinas).
Los resultados que se obtengan ayudarán a respaldar a la industria nacional
dotándola de electrolizadores con mayor eficiencia, duración y menor coste, así como de
otros sistemas generadores de hidrógeno a partir de energía solar concentrada;
integración de las pilas de combustible y combustión directa del hidrógeno en
aplicaciones de transporte (aéreo, marítimo, ferroviario y carretera), industria y
edificación y el desarrollo de nuevos dispositivos de combustión y/o la adaptación de los
existentes para avanzar hacia la descarbonización y la neutralidad climática.
Decimoquinto.
Que el artículo 34.1 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la
Innovación establece que los agentes públicos de financiación o ejecución del Sistema
Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, podrán suscribir convenios sujetos al
derecho administrativo para, entre otras actividades, la realización conjunta de proyectos
y actuaciones de investigación científica, desarrollo e innovación, así como para la
creación o financiación de centros, institutos, consorcios o unidades de investigación e
infraestructuras científicas.
Decimosexto.
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.1 del Real Decreto-ley 36/2020,
de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de
la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, la tramitación de los convenios que celebre la Administración General del
Estado, sus organismos públicos y entidades de derecho público, vinculados o
dependientes, para la ejecución de los proyectos con cargo a fondos europeos previstos
en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se regirá por lo previsto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, con las especialidades recogidas en dicho artículo 59.
Que, de conformidad con lo anterior, las Partes intervinientes hacen constar
expresamente que colaboraran conjuntamente en la realización del Proyecto
GREENH2CM, formalizando el presente convenio con el fin de regular los derechos y
obligaciones de todos los beneficiarios que participan en el Proyecto.
En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, en el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, y en la Ley 14/2011, de 1
cve: BOE-A-2023-8301
Verificable en https://www.boe.es
Decimoséptimo.
Núm. 78
Sábado 1 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 48400
Decimocuarto.
El Hidrógeno verde es un portador de energía versátil que va a jugar un papel
fundamental para cumplir los objetivos de descarbonización a los que España se ha
comprometido, pero todavía se necesita un esfuerzo importante en I+D+i para que pueda
ser considerado como una alternativa económicamente viable.
En este proyecto se plantea (i) el desarrollo de tecnologías innovadoras de
producción de hidrógeno por electrólisis de baja y alta temperatura y otras vías
innovadoras, (ii) el aumento de la eficiencia en la producción de hidrógeno mediante la
optimización de la conexión electricidad renovable-electrolizador, que también permita su
operación aislados de la red, (iii) el desarrollo de tecnologías que permitan la
optimización de la integración de la pila de combustible en diversas aplicaciones y (iv) el
desarrollo de tecnologías de combustión segura del hidrógeno, puro o mezclado, en
dispositivos de uso final (combustores, motores, turbinas).
Los resultados que se obtengan ayudarán a respaldar a la industria nacional
dotándola de electrolizadores con mayor eficiencia, duración y menor coste, así como de
otros sistemas generadores de hidrógeno a partir de energía solar concentrada;
integración de las pilas de combustible y combustión directa del hidrógeno en
aplicaciones de transporte (aéreo, marítimo, ferroviario y carretera), industria y
edificación y el desarrollo de nuevos dispositivos de combustión y/o la adaptación de los
existentes para avanzar hacia la descarbonización y la neutralidad climática.
Decimoquinto.
Que el artículo 34.1 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la
Innovación establece que los agentes públicos de financiación o ejecución del Sistema
Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, podrán suscribir convenios sujetos al
derecho administrativo para, entre otras actividades, la realización conjunta de proyectos
y actuaciones de investigación científica, desarrollo e innovación, así como para la
creación o financiación de centros, institutos, consorcios o unidades de investigación e
infraestructuras científicas.
Decimosexto.
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.1 del Real Decreto-ley 36/2020,
de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de
la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, la tramitación de los convenios que celebre la Administración General del
Estado, sus organismos públicos y entidades de derecho público, vinculados o
dependientes, para la ejecución de los proyectos con cargo a fondos europeos previstos
en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se regirá por lo previsto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, con las especialidades recogidas en dicho artículo 59.
Que, de conformidad con lo anterior, las Partes intervinientes hacen constar
expresamente que colaboraran conjuntamente en la realización del Proyecto
GREENH2CM, formalizando el presente convenio con el fin de regular los derechos y
obligaciones de todos los beneficiarios que participan en el Proyecto.
En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, en el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, y en la Ley 14/2011, de 1
cve: BOE-A-2023-8301
Verificable en https://www.boe.es
Decimoséptimo.