III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-8181)
Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el texto del V Convenio colectivo del grupo de empresas Distribuidora Internacional de Alimentación, SA, y Día Retail España, SAU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 77
Viernes 31 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 47280
igual que aquellos que exijan un mayor nivel de complejidad. Asimismo, realiza las
tareas básicas del oficio o puesto desempeñado contenidas en el grupo IV, pero en la
aplicación de sus conocimientos añade valor en la manipulación del producto. El puesto
puede implicar coordinación de otras personas en organizaciones simples siguiendo
instrucciones de los responsables jerárquicos.
Personal de Inventario. Es la persona que estando a las órdenes directas de un
responsable de inventarios, efectúa el conteo y ejecución de los inventarios, de acuerdo
con las normas y procedimientos establecidos.
Submando de Equipo de Almacén. Es la persona que estando a las órdenes de un
responsable de área, está al frente de un grupo de mozos/as operario/preparadores/as o
un sector determinado, responsabilizándose de la ejecución del mismo de acuerdo con
normas y procedimientos establecidos, así como del orden y rendimiento.
Responsable Técnico de Almacén. Es la persona que, con suficientes
conocimientos técnicos y prácticos desarrolla dentro de un almacén, estudios y trabajos
de mantenimiento y puesta a punto de equipos frigoríficos, electrógenos, térmicos,
mecánicos... etc., industriales en general.
Montador/a de Tiendas. Es la persona que con los conocimientos técnicos
necesarios y siguiendo las instrucciones mostradas por sus superiores y recogidas en los
planos tanto de macro (tramos de estanterías por familias) como de micro implantación
(lay-out) se ocupa del montaje de la tienda, para que todo quede definido según los
planogramas, ayudando a la reposición de los productos.
Conductor/a de Carretillas Elevadoras. Es la persona que con los conocimientos
técnicos necesarios de manejo y mantenimiento, está capacitado y autorizado por la
empresa para la conducción de la carretilla elevadora mecánica y efectúa los trabajos de
carga y descarga dentro del recinto de los almacenes. Accesoriamente podrá realizar las
funciones de mozo/a de almacén cuando sea requerido para ello.
Contador/a. Es la persona que recepciona, ordena y comprueba las operaciones de
descarga y entradas de palets, actualiza las fichas de baja/altas de los artículos y apoya
al mando de equipo de almacén, entre otras, en la gestión de incidencias de radio
frecuencia y bombeado.
Área II.
Oficial administrativo/a. Es la persona que, con conocimientos técnicos y prácticos
suficientes, desarrolla las funciones de administración mediante la aplicación razonada
de las mismas con iniciativa para determinar algunos aspectos del proceso de trabajo
tales como controles estadísticos, preparación de estudios económicos, determinación
de índices, etc. Por su dominio total de la profesión está capacitado para realizar su
actividad en cualquier departamento del área administrativa. Puede utilizar para el
desarrollo de su trabajo máquinas auxiliares de oficina.
Operador/a informático. Es la persona encargada de controlar el manejo de las
máquinas y periféricos que integran el ordenador, así como la ejecución de los
programas que se procesan en el mismo.
A) Identificación: Profesionales.
B) Definición: se integra en este grupo profesional el personal que realiza tareas y/o
funciones que se ejecutan según instrucciones concretas, claramente establecidas, con
un método de trabajo preciso y con un alto grado de dependencia jerárquica y/o
funcional, que pueden requerir esfuerzo físico y/o atención, así como adecuados
conocimientos profesionales y/o aptitudes prácticas y cuya responsabilidad está limitada
por una supervisión directa.
cve: BOE-A-2023-8181
Verificable en https://www.boe.es
Grupo profesional IV.
Núm. 77
Viernes 31 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 47280
igual que aquellos que exijan un mayor nivel de complejidad. Asimismo, realiza las
tareas básicas del oficio o puesto desempeñado contenidas en el grupo IV, pero en la
aplicación de sus conocimientos añade valor en la manipulación del producto. El puesto
puede implicar coordinación de otras personas en organizaciones simples siguiendo
instrucciones de los responsables jerárquicos.
Personal de Inventario. Es la persona que estando a las órdenes directas de un
responsable de inventarios, efectúa el conteo y ejecución de los inventarios, de acuerdo
con las normas y procedimientos establecidos.
Submando de Equipo de Almacén. Es la persona que estando a las órdenes de un
responsable de área, está al frente de un grupo de mozos/as operario/preparadores/as o
un sector determinado, responsabilizándose de la ejecución del mismo de acuerdo con
normas y procedimientos establecidos, así como del orden y rendimiento.
Responsable Técnico de Almacén. Es la persona que, con suficientes
conocimientos técnicos y prácticos desarrolla dentro de un almacén, estudios y trabajos
de mantenimiento y puesta a punto de equipos frigoríficos, electrógenos, térmicos,
mecánicos... etc., industriales en general.
Montador/a de Tiendas. Es la persona que con los conocimientos técnicos
necesarios y siguiendo las instrucciones mostradas por sus superiores y recogidas en los
planos tanto de macro (tramos de estanterías por familias) como de micro implantación
(lay-out) se ocupa del montaje de la tienda, para que todo quede definido según los
planogramas, ayudando a la reposición de los productos.
Conductor/a de Carretillas Elevadoras. Es la persona que con los conocimientos
técnicos necesarios de manejo y mantenimiento, está capacitado y autorizado por la
empresa para la conducción de la carretilla elevadora mecánica y efectúa los trabajos de
carga y descarga dentro del recinto de los almacenes. Accesoriamente podrá realizar las
funciones de mozo/a de almacén cuando sea requerido para ello.
Contador/a. Es la persona que recepciona, ordena y comprueba las operaciones de
descarga y entradas de palets, actualiza las fichas de baja/altas de los artículos y apoya
al mando de equipo de almacén, entre otras, en la gestión de incidencias de radio
frecuencia y bombeado.
Área II.
Oficial administrativo/a. Es la persona que, con conocimientos técnicos y prácticos
suficientes, desarrolla las funciones de administración mediante la aplicación razonada
de las mismas con iniciativa para determinar algunos aspectos del proceso de trabajo
tales como controles estadísticos, preparación de estudios económicos, determinación
de índices, etc. Por su dominio total de la profesión está capacitado para realizar su
actividad en cualquier departamento del área administrativa. Puede utilizar para el
desarrollo de su trabajo máquinas auxiliares de oficina.
Operador/a informático. Es la persona encargada de controlar el manejo de las
máquinas y periféricos que integran el ordenador, así como la ejecución de los
programas que se procesan en el mismo.
A) Identificación: Profesionales.
B) Definición: se integra en este grupo profesional el personal que realiza tareas y/o
funciones que se ejecutan según instrucciones concretas, claramente establecidas, con
un método de trabajo preciso y con un alto grado de dependencia jerárquica y/o
funcional, que pueden requerir esfuerzo físico y/o atención, así como adecuados
conocimientos profesionales y/o aptitudes prácticas y cuya responsabilidad está limitada
por una supervisión directa.
cve: BOE-A-2023-8181
Verificable en https://www.boe.es
Grupo profesional IV.