III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-8199)
Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Planta Solar OPDE 27, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica "Los Silos", de 50,1 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Almenara de Adaja, Bocigas y Olmedo (Valladolid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 31 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 47550

Preguntados el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Valladolid
de la Junta de Castilla y León y la Diputación Provincial de Valladolid, no se ha recibido
contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud
de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 9 de agosto de 2021 en el «Boletín
Oficial del Estado» y el 23 de agosto de 2021 en el «Boletín Oficial de la Provincia de
Valladolid». Se recibió una alegación, la cual fue contestada por el promotor.
Así, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación con lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la Dirección General de Biodiversidad,
Bosques y Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, a la Subdirección General de Aire Limpio y Sostenibilidad Industrial del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Dirección General de
Infraestructura del Ministerio de Defensa, a la Confederación Hidrográfica del Duero, a la
Subdirección General de Economía Circular del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico, a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, a la Agencia de
Protección Civil de la Junta de Castilla y León, a la Dirección General de Salud Pública
de la Junta de Castilla y León, a la Dirección General de Ordenación del Territorio y
Planificación de la Junta de Castilla y León, a la Fundación de Patrimonio Natural de
Castilla y León de la Junta de Castilla y León, a la Dirección General de Patrimonio
Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León, a la Dirección General de
Calidad y Sostenibilidad Ambiental de la Junta de Castilla y León, a la Dirección General
de Patrimonio Cultural de la Junta de Castilla y León, a la Oficina Española de Cambio
Climático del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la
Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife), a Greenpeace, a Ecologistas en
Acción Valladolid, a la Sociedad Española para la Conservación y el Estudio de los
Murciélagos (Secemu) y al Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF/ADENA).
Las consideraciones en materia de medio ambiente han sido objeto de consideración
en el trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto, del cual ha
resultado la declaración de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales
que deban ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto.
La Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno
en Valladolid emitió informe en fecha 15 de noviembre de 2021, complementado
posteriormente con diferentes actualizaciones.
Considerando que en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorización del proyecto,
la evaluación de impacto ambiental efectuada.
El anteproyecto de la instalación y su estudio de impacto ambiental (en adelante,
EsIA) han sido sometidos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental,
habiendo sido formulada Declaración de Impacto Ambiental (en adelante, DIA),
concretada mediante Resolución de fecha 17 de enero de 2023, de la Dirección General
de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas
preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental
practicada, debidamente publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
De acuerdo con lo establecido en la citada DIA, serán de aplicación al proyecto las
condiciones ambientales establecidas y las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias y, en su caso, medidas de seguimiento contempladas en el EsIA, las
aceptadas tras la información pública y consultas y las propuestas en su información
adicional, en tanto no contradigan lo dispuesto en la DIA.
Sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto
establecidos en la DIA, en tanto informe preceptivo y determinante que, conforme al

cve: BOE-A-2023-8199
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Núm. 77