III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-8198)
Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Planta FV 122, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Scorpius Solar de 82,639 MW de potencia instalada y 84,99 MW de potencia pico y sus infraestructuras de evacuación, en Herrera de Pisuerga y Páramo de Boedo (Palencia).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 31 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 47544

Se ha recibido informe del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de
la Delegación Territorial de Palencia en el que advierte de la afección de una línea aéreosubterránea a 30 kV de evacuación de parques eólicos que se tramitan en la zona donde
pretende instalarse la FV Scorpius, dicha línea dispone de autorización administrativa
previa. Trasladado a Planta FV, éste responde que se ha puesto en contacto con el
promotor del parque eólico y que están en vías de resolver la afección. Trasladada dicha
respuesta al organismo, no habiéndose recibido contestación alguna en el plazo
reglamentario, se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el
artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre
Se ha recibido respuesta del Ayuntamiento de Herrera de Pisuerga en el que hace
mención a que la planta de generación está próxima al núcleo urbano, y se subdivide la
instalación, con una gran dispersión. Asimismo, manifiesta disconformidad con el
emplazamiento de la subestación 400/132/300 kV y la línea a 400 kV, en las que se
alega una serie de consideraciones ambientales y paisajísticas. Trasladado dicho
informe a Planta FV, éste responde que los promotores se comprometen a instalar una
pantalla vegetal, perimetral al vallado de la citada subestación, así como estudiar el
soterramiento de parte de la línea. Con respecto a la planta de generación, refleja que se
ha intentado concentrar las parcelas afectadas y que presenta acuerdos con todos los
propietarios. Se da traslado al Ayuntamiento que establece la necesidad de presentar un
proyecto paisajístico y la presentación de un proyecto para soterrar la línea. Planta Solar
FV acepta el condicionado establecido por el citado Ayuntamiento.
Se ha recibido respuesta de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad
Ambiental de la Junta de Castilla y León, en el que se remite informe del Servicio
Territorial de Medio Ambiente de Palencia, que establece condicionado y
recomendaciones ambientales. Se da traslado a Planta Solar FV. Respecto a las
consideraciones en materia de medio ambiente, han sido tenidas en cuenta en el Informe
de Determinación de Afección Ambiental emitido en virtud del Real Decreto-ley 6/2022,
de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional
de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania,
estableciendo en el mismo las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas
en cuenta por parte del promotor para el proyecto tal y como se expone más adelante.
No se ha recibido contestación de la Dirección General de Energía y Minas de la
Junta de Castilla y León, de la Dirección General de Transportes de la Junta de Castilla y
León, de Telefónica de España, SA, de Viesgo Distribución Eléctrica, SL, ni de I-DE
Redes Inteligentes, SAU. Se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo
dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
El Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Palencia emitió
informe en fecha 21 de diciembre de 2021. Posteriormente emitió comunicaciones
complementarias de fechas 7 de febrero de 2022 y 28 de febrero de 2022.
Asimismo, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación con lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Con fecha 30 de marzo de 2022 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» el Real
Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el
marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la
guerra en Ucrania.
Durante la tramitación del procedimiento iniciado de autorización administrativa
previa y de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública, en fecha 1 de
abril de 2022 Planta FV, solicitó el procedimiento de determinación de afección ambiental
para el proyecto de energías renovables «planta solar fotovoltaica Scorpius Solar
de 84,99 MWp y su infraestructura de evacuación a 30 kV», en virtud de la disposición
transitoria tercera del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo.
Mediante Resolución de fecha 11 de julio de 2022 de la Dirección General de Calidad
y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
se formula el Informe de Determinación de Afección Ambiental (en adelante, IDAA),

cve: BOE-A-2023-8198
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Núm. 77