III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-8161)
Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Alhama de Murcia, por la que suspende la inscripción de una escritura de compraventa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 77

Viernes 31 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 46822

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
8161

Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Alhama de Murcia, por la que suspende la
inscripción de una escritura de compraventa.

En el recurso interpuesto por don R. L. P. contra la nota de calificación del registrador
de la Propiedad de Alhama de Murcia, don David Alejandro Rodríguez Sánchez, por la
que suspende la inscripción de una escritura de compraventa.
Hechos
I
Mediante escritura pública de subsanación, elevación a público de compraventa
privada y apoderamiento otorgada el día 27 de septiembre de 2018 ante el notario de
Alcantarilla, don Carlos de Andrés Vázquez Martínez, con el número 2.156 de protocolo,
doña M. R. R., titular registral de la finca número 4.369 de Librilla, rústica de secano, de
superficie de 1 hectárea, 34 áreas y 16 centiáreas, junto con los compradores, elevaron
a escritura pública una compraventa que manifestaban haber realizado privadamente el
día 10 de noviembre de 2011, señalándose un pago en metálico, realizando ahora la
liquidación correspondiente. Se vendía el pleno dominio a los cuatro hermanos C. M.,
que adquirieron por cuotas indivisas cuatro porcentajes distintos: 26.523382%,
17.335852%, 18.020784% y 38.119982%.
La citada finca 4.369 de Librilla, se describía en el Registro de la Propiedad como
rústica de secano, de superficie de 1 hectárea, 34 áreas y 16 centiáreas, «linda: Norte,
ejidos de las casas de Ruipérez; Sur, tierras de herederos de Don J. P S.; Este, otras
tierras de herederos de A. M.; y Oeste, tierras de la viuda de Don B. G.».
En la escritura, se rectificaba la descripción de la finca, incorporando certificado de
topógrafo con coordenadas georreferenciadas, haciendo constar que la finca medía 84
áreas y 68 centiáreas, que era «parte de la Parcela 244 del Polígono», lindando por el
norte con la parcela 243 y «resto de la Parcela 244», solicitando, además, la tramitación
del expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
Se otorgó el día 9 de abril de 2021 una escritura de rectificación y apoderamiento
ante el mismo notario. Por esta escritura, los herederos de la vendedora y los
compradores rectificaban la descripción de la finca para ajustarla a su descripción
catastral y su superficie de 9.399 metros cuadrados y correspondencia con la
parcela 244, lindando por el norte únicamente con la parcela 243 y solicitando la
tramitación del expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria.

Presentadas dichas escrituras en el Registro de la Propiedad de Alhama de Murcia,
fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Documento.
Escritura pública de subsanación, elevación a público de compraventa privada y
apoderamiento otorgada en Alcantarilla ante el notario don Carlos de Andrés-Vázquez
Martínez el día 27/9/2018, con número 2.156 de protocolo.

cve: BOE-A-2023-8161
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II