I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Impuestos. (BOE-A-2023-8118)
Orden HFP/310/2023, de 28 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2022, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios electrónicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 77

Viernes 31 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 46603

Si el resultado del borrador de declaración es a ingresar y no opta por la
domiciliación bancaria el contribuyente deberá proceder de acuerdo con lo dispuesto en
las letras a) y b) del apartado 2 del artículo 13.
Si el resultado del borrador de declaración es a devolver o negativo el declarante
deberá, en su caso, cumplimentar o confirmar el identificador único de la cuenta, código
internacional de cuenta bancaria (IBAN) y proceder a su confirmación y presentación.
2.º Si la declaración es aceptada, la Agencia Estatal de Administración Tributaria
devolverá en pantalla los datos del modelo de declaración del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas correspondientes a la declaración presentada, como justificante
de presentación, validado con un código seguro de verificación de 16 caracteres, en el
que constará la fecha y hora de presentación, que el contribuyente deberá conservar.
Disposición final única.

Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2023-8118
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 28 de marzo de 2023.–La Ministra de Hacienda y Función Pública, María
Jesús Montero Cuadrado.