I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Impuesto sobre las Transacciones Financieras. (BOE-A-2023-8116)
Orden HFP/308/2023, de 28 de marzo, por la que se modifica la Orden HAC/510/2021, de 26 de mayo, por la que se aprueba el modelo 604 "Impuesto sobre las Transacciones Financieras. Autoliquidación" y se determinan la forma y procedimiento para su presentación.
4 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 77

Viernes 31 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 46572

ANEXO
Impuesto sobre las Transacciones Financieras. Autoliquidación
Agencia Tributaria

AgenciaTrbut
i aria
Teléfonos: 91 574 87 70 / 901 33 55 33

MINISTERIO
DE HACIENDA
Y FUNCIÓN PÚBLICA

https://sede.agenciatributaria.gob.es

Impuesto sobre las Transacciones
Financieras.
Autoliquidación

Modelo

604

Espacio reservado para número identificativo y código de barras

Sujeto pasivo (1)
Apellidos y nombre o Razón social

NIF/C.I.I.

Período

Ejercicio
Cod. LEI

Cod. BIC

Domicilio fiscal sujeto pasivo en territorio español
Tipo de vía

Nombre de la vía pública

Tipo Num.

Complemento domicilio (ej: Urbanización.., Polígono Industrial.., C. Comercial..,)

Núm. casa

Calif. nu

Bloque

Portal

Escal.

Localidad / Población (si es distinta de Municipio)

Nombre del Municipio

Planta

Puerta

C. Postal

Provincia

Domicilio fiscal sujeto pasivo en el extranjero
Domicilio (Address)
Complemento domicilio (si fuese necesario)

Población / Ciudad

Provincia / Región / Estado

País

C. Postal (ZIP)
Cod. País

Teléfono de contacto

Persona de contacto

Anexo informativo (2)
Número de justificante del anexo informativo

Liquidación (3)
Base imponible
Cuota
Operaciones sujetas no exentas realizadas en el período................................................. 01
02
Rectificaciones.............................................................................................................. 03
04
Operaciones exentas realizadas en el período................................................................. 05
Diferencia [02] - [04]...................................................................................................................................................... 08
Cuota de operaciones sujetas no exentas del período atribuible a la Administración del Estado........................................... 09
Cuota de rectificaciones realizadas en el período atribuible a la Administración del Estado.................................................. 10
Atribuible a la Administración del Estado......................................................................................................................... 11

%

Resultado atribuible a la Administración del Estado ([09] - [10])......................................................................................... 12
A deducir (exclusivamente en caso de autoliquidación complementaria):

Resultado de la anterior o anteriores declaraciones del mismo concepto, ejercicio y periodo ..............................................................

06

Resultado de la autoliquidación ([12] - [06] ).................................................................................................................... 07

Autoliquidación complementaria
En este caso, consigne a continuación el número de justificante identificativo de la autoliquidación anterior.
Nº. de justificante

Ingreso (5)
Ingreso efectuado a favor del Tesoro Público, cuenta restringida de colaboración en la recaudación de la AEAT de autoliquidaciones.
Importe:

I

cve: BOE-A-2023-8116
Verificable en https://www.boe.es

Complementaria (4)
Si esta autoliquidación es complementaria de otra autoliquidación anterior correspondiente al mismo concepto, ejercicio y período, indíquelo marcando
con una "X" esta casilla.