III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-8103)
Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Andújar, para la ejecución y financiación de las obras de acondicionamiento del camino de Valtodano, en Andújar (Jaén).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76

Jueves 30 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 46402

las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 214/23/UE y 214/24/UE, de 26 de
febrero de 2014.
En el caso de que se produzcan variaciones económicas ambas partes suscribirán la
correspondiente adenda modificativa.
Cuarta.

Terrenos.

La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., pondrá a disposición para la
ejecución de la obra el suelo de su propiedad necesario para el desarrollo de las
actuaciones.
Si por necesidad de modificados del proyecto redactado ante causas imprevistas
fuera necesaria la expropiación de terrenos no contemplados en el proyecto redactado,
el Ayuntamiento de Andújar pondrá los mismos a disposición de la Confederación
Hidrográfica del Guadalquivir, O.A. para la correcta ejecución de la obra.
Quinta.

Ejecución.

La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., tendrá a su cargo la
contratación, adjudicación, gestión y ejecución de las obras, sin perjuicio de las
funciones asignadas a la Comisión de Seguimiento.
El Ayuntamiento de Andújar prestará a la Confederación Hidrográfica del
Guadalquivir, O.A., el asesoramiento técnico que se solicite durante la ejecución de la
obra del proyecto «Acondicionamiento del camino de Valtodano, T.M. Andújar (Jaén)».
Sexta. Comisión de Seguimiento.
Para el seguimiento y control de la actuación derivada del presente convenio se crea
una Comisión de Seguimiento, integrada por dos representantes de la Confederación
Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., y otros dos designados por el Ayuntamiento de
Andújar.
La Comisión de Seguimiento tendrá una doble finalidad esencial: De un lado, servir
de vía de información entre las partes sobre la actuación en curso, y de otro, viabilizar la
solución de los conflictos que pudieran surgir en su desarrollo.
Serán funciones de esta Comisión de Seguimiento resolver las controversias que
pudieran plantearse en la interpretación y aplicación del presente convenio y el
seguimiento del grado de cumplimiento del mismo, sirviendo, al tiempo, como vía de
información entre las partes. Además, las partes, por acuerdo de la Comisión de
Seguimiento, podrán modificar el calendario de pagos y también promover y aprobar
posibles reajustes de las anualidades de pagos establecidas (en función de la evolución
de la ejecución del objeto y de las actuaciones contempladas en el presente convenio),
siempre que estos no supongan un incremento económico de las aportaciones globales,
ni del plazo del mismo.
Titularidad, mantenimiento y conservación.

Una vez terminadas las obras y firmada la correspondiente acta de recepción por el
organismo de cuenca, se cederá con esa misma fecha y gratuitamente la titularidad del
camino al Ayuntamiento de Andújar a través del procedimiento legalmente establecido
según expediente abierto por la Dirección General del Patrimonio del Estado en base a
la Ley 33/2003 de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, a
partir del cual el Ayuntamiento de Andújar asumirá todas las obligaciones y
responsabilidades como nuevo titular de la vía.
En el momento que se haga efectiva la cesión gratuita de la titularidad expuesta en el
párrafo precedente, el Ayuntamiento de Andújar asumirá a todos los efectos, el
mantenimiento, explotación, reparación y conservación de la vía, así como, cualquier
responsabilidad, civil, penal o administrativa frente a personas, animales o cosas,
derivadas de las actividades enumeradas.

cve: BOE-A-2023-8103
Verificable en https://www.boe.es

Séptima.