III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-8096)
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de Administración Pública y la Fundación EOI, F.S.P., para el diseño, organización y celebración de un "Programa de desarrollo para la dirección y el liderazgo-Mujeres con alto potencial".
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76

Jueves 30 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 46347

Seguimiento del convenio. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera
el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la incumplidora, la concurrencia de la
causa de resolución y se podrá entender resuelto el convenio. La resolución del convenio
no dará lugar a indemnización alguna.
La extinción del presente convenio no afectará a las actividades derivadas de los
proyectos de formación conjuntos iniciados y pendientes de ejecución, que continuarán
hasta su finalización en un plazo improrrogable, transcurrido el cual el convenio deberá
liquidarse. La fijación de dicho plazo, así como la posterior liquidación de los
compromisos financieros, se regirán por lo estipulado en el artículo 52 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre.
Novena.

Naturaleza jurídica.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, y se regula por lo dispuesto en
el capítulo VI, título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público (BOE de 2 de octubre).
Décima. Resolución de conflictos.
Las partes se comprometen a intentar resolver cualquier desacuerdo que pudiera
surgir en el desarrollo, interpretación, cumplimiento, extinción y efectos del presente
convenio, a través del mecanismo establecido en la cláusula cuarta. En caso de no ser
posible y resultar procedente litigio judicial, la jurisdicción competente para conocer y
resolver dichas cuestiones será la jurisdicción contencioso-administrativa, de
conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio. Todo ello sin perjuicio de la aplicación,
en lo que proceda, de lo dispuesto en los artículos 5 de la Ley 52/1997, de 26 de
noviembre, de asistencia jurídica al Estado e Instituciones Públicas y 10 del Real
Decreto 997/2003, de 25 de julio.
Y en prueba de conformidad con lo que antecede, suscriben el presente convenio, en
la fecha que figura en cada una de las firmas, tomándose como fecha de
perfeccionamiento la del último firmante.–La Directora General del Instituto Nacional de
Administración Pública, Consuelo Sánchez Naranjo.–La Secretaria General de la
Fundación EOI, F.S.P., Carmen Páez Soria.–El Director del Área de Postgrado y
Executive Education de la Fundación EOI, F.S.P., Ramón Gurriarán Fernández.
ANEXO I
Programa del curso «Programa de desarrollo para la dirección
y el liderazgo-Mujeres con alto potencial»
Duración total: 196 horas.
Modalidad: mixta (presencial y online).
26 alumnas.
Metodología y contenidos:

1. Tres bloques temáticos a desarrollar en un periodo aproximado de seis meses
mediante sesiones presenciales, residenciales y virtuales.
Bloque 1: Competencias estratégicas y directivas. Integrado por siete módulos:





Módulo de análisis del entorno económico.
Módulo de análisis del entorno geoestratégico.
Módulo de entorno tecnológico- transformación digital.
Módulo de planificación estratégica.

cve: BOE-A-2023-8096
Verificable en https://www.boe.es

Este programa se desarrollará en formato blended a través de los siguientes
componentes: