I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-8050)
Aplicación provisional del Acuerdo en forma de Canje de Notas Verbales entre el Reino de España y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos nacionales de conducir y sobre el intercambio de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial, hecho en Madrid el 15 de marzo de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76

Jueves 30 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 46070

protección de datos por el Reino Unido, el reglamento RGPD del Reino Unido y la Ley de
Protección de datos de 2018, según proceda."
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación tiene el honor de
informar a la Embajada Británica el consentimiento del Reino de España a las
propuestas de Acuerdo antes descritas y, en consecuencia, la presente Nota y la Nota
afirmativa de la Embajada Británica, ambas igualmente auténticas en los idiomas
español e inglés, constituirán un Acuerdo entre ambos Estados, que entrará en vigor y se
aplicará provisionalmente, en la forma antes establecida.
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación manifiesta a la
Embajada Británica el testimonio de su más alta consideración.
Madrid, 15 de marzo de 2023.–Embajada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda
del Norte.
NV: 22/2023.
NOTA VERBAL
Acuerdo en forma de Canje de Notas Verbales entre el Reino Unido de Gran
Bretaña e Irlanda del Norte y el Reino de España sobre el reconocimiento recíproco
y el canje de permisos nacionales de conducir y sobre el intercambio de
información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial
La Embajada Británica saluda atentamente al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión
Europea y Cooperación del Reino de España y tiene el honor de remitirse a su Nota n.º
26/3.52 (N.º Reg 5327) de fecha 15 de marzo de 2023 por la que se propone un acuerdo
entre el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y el Reino de España sobre el
reconocimiento recíproco y el canje de permisos de conducir nacionales y sobre el
intercambio de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial. El
texto de su Nota se transcribe de la siguiente manera:
«NV 26/3.52.
N.º Reg. 5327.
NOTA VERBAL
Acuerdo en forma de Canje de Notas Verbales entre el Reino de España y el Reino
Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre el reconocimiento recíproco y el
canje de permisos nacionales de conducir y sobre el intercambio de información
sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial

«Considerando que tanto en el Reino de España como en el Reino Unido de Gran
Bretaña e Irlanda del Norte («el Reino Unido») las normas y señales que rigen la
circulación por carretera se ajustan a las disposiciones del Convenio de Ginebra sobre
circulación por carretera de 19 de septiembre de 1949;
Considerando que dicho Convenio prevé el reconocimiento de permisos de conducir,
y que sería mutuamente beneficioso acordar un nivel de reconocimiento mutuo mayor
que el establecido en el mismo;

cve: BOE-A-2023-8050
Verificable en https://www.boe.es

El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de
España saluda atentamente a la Embajada Británica, y en relación con las negociaciones
que han tenido lugar entre ambas partes relativas a un acuerdo sobre reconocimiento
recíproco y canje de permisos nacionales de conducir y sobre intercambio de
información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial, tiene el honor de
proponer el siguiente texto: