III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2023-8036)
Resolución de 19 de marzo de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural, en la categoría de monumento, a favor del cargadero n.º 5 y de los restos de los cargaderos n.º 3 y n.º 4, de la Orconera Iron Ore CL, en Barakaldo, Bizkaia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 29 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 45990

Referencia Coordenada X Coordenada Y

4

502211,70

4793165,55

5

502213,22

4793160,57

6

502198,42

4793153,24

7

502196,69

4793155,03

– Cargadero núm. 5 mediante nueve puntos georreferenciados que contine la una
superficie de 357,30 m2.
Referencia Coordenada X Coordenada Y

1

502161,04

4793235,00

2

502186,17

4793244,54

3

502185,84

4793247,69

4

502189,11

4793248,45

5

502197,17

4793219,40

6

502199,56

4793214,52

7

502195,97

4793214,19

8

502189,33

4793234,35

9

502162,79

4793226,87

Delimitación literal del entorno de protección
El entorno de protección se define como el medio físico que rodea el monumento y
contribuye a resaltar su significación, su adecuada percepción y comprensión cultural.
En este caso, la delimitación incluye, por un lado, las estructuras de madera que se
encuentran en el agua correspondientes a los muelles de amarre; los cargaderos núm. 3,
núm. 4 y núm. 5 de la Orconera Iron Ore CL; el muro de piedra sillar que define la
servidumbre de tránsito por debajo del cargadero núm. 5 y el muro de encauzamiento
original de la Ría construido en piedra sillar con sus escaleras y rampa de acceso.
El área de delimitación incluye, en tierra, un espacio irregular delimitado por la línea
definida en el plano de delimitación; en la Ría, una línea paralela a la rivera trazada a
cuarenta metros de la misma.
La delimitación propuesta viene justificada por la necesidad de preservar la zona de
usos no compatibles con los bienes y con la percepción de los mismos, permitiendo
además su recuperación de una manera más adecuada.
La zona delimitada del entorno de protección tiene una superficie total
de 17.028,90 m2, respondiendo en su planta con el trazado que se genera por diecisiete
puntos georreferenciados mediante las siguientes coordenadas U.T.M. (Sistema ETRS89
huso 30):
Referencia Coordenada X Coordenada Y

1

502142,04

4793269,98

2

502167,27

4793277,80

3

502191,64

4793284,74

4

502205,58

4793241,38

5

502221,70

4793191,09

cve: BOE-A-2023-8036
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Núm. 75