II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social. (BOE-A-2023-7978)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 29 de marzo de 2023

Sec. II.B. Pág. 45833

La calificación del quinto ejercicio será de cero a cincuenta puntos siendo eliminados
aquellos aspirantes que no alcancen como mínimo veinticinco puntos. No podrán ser
aprobados los opositores que dejen de contestar alguno de los temas de este quinto
ejercicio.
Los ejercicios de la oposición se calificarán, para los aspirantes que participen por el
sistema de promoción interna, de la siguiente manera:
La calificación del primer ejercicio será de «apto» o «no apto» siendo eliminados
aquellos aspirantes que no alcancen la calificación de «apto».
La calificación del segundo ejercicio será de «apto» o «no apto» siendo eliminados
aquellos aspirantes que no alcancen la calificación de «apto».
La calificación del tercer ejercicio será de cero a veinticinco puntos siendo eliminados
aquellos aspirantes que no alcancen como mínimo doce puntos y medio.
La calificación del cuarto ejercicio de idioma será de «apto» o «no apto».
En la modalidad presencial, se calificará como «apto» o «no apto». La calificación de
«apto» no se otorgará si no se alcanza, al menos, el 50 por 100 de la valoración total de
la parte B del ejercicio.
En la modalidad de acreditación de conocimientos mediante titulación, alternativa de
la anterior, la calificación será «apto» para los aspirantes que presenten alguno de los
títulos que se recogen en el anexo VII conforme al Marco Común Europeo de Referencia
para las Lenguas, que corresponda con un nivel B2 o superior del idioma escogido,
siempre y cuando se haya obtenido en los cinco años anteriores al plazo de finalización
de presentación de instancias y «no apto» en caso contrario. Los niveles inferiores a B2,
demostrado mediante algunos de los títulos recogidos en el anexo VII no darán acceso al
siguiente ejercicio.
La calificación del quinto ejercicio será de cero a cincuenta puntos siendo eliminados
aquellos aspirantes que no alcancen como mínimo veinticinco puntos. No podrán ser
aprobados los opositores que dejen de contestar alguno de los temas de este quinto
ejercicio.
El tribunal no podrá declarar aprobados en el último ejercicio a un número de
opositores superior al de plazas convocadas.
El tribunal expondrá la relación de aprobados de cada ejercicio, especificándose la
puntuación que hubieran obtenido. Los que no figuren en la relación se considerarán
excluidos.
La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada, para los aspirantes
que participen por el sistema general de acceso libre, por la suma de las puntuaciones
obtenidas en cada uno de los ejercicios; y para los aspirantes que participen por el
sistema de promoción interna, por la suma de las puntuaciones obtenidas en el tercer
ejercicio, en el ejercicio cuarto y en el ejercicio quinto.
Las personas que participen por el turno de reserva para personas con discapacidad
que superen algún ejercicio con una nota superior al 60 por ciento de la calificación
máxima prevista para el correspondiente ejercicio, podrán conservar dicha nota para la
convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la
forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota sean
idénticos.
2. Fase de concurso del turno de promoción interna:
La fase de concurso, de carácter no eliminatorio, consistirá en los siguientes méritos:
servicios prestados, grado personal consolidado y cursos de formación.
Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que participen por el turno de
promoción interna que hayan superado la fase anterior dispondrán de un plazo de veinte
días hábiles, a contar desde la publicación del listado de aspirantes que hayan superado
la fase de oposición, para presentar la certificación de méritos, debiendo ser expedida
por los servicios de personal de los ministerios u organismos donde presten, o en su

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Núm. 75