I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2023-7938)
Real Decreto 204/2023, de 28 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 29 de marzo de 2023

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neutralidad climática, al mismo tiempo que se preserva la estabilidad financiera como
bien público; (ii) la reorientación de los flujos de capital hacia una economía e
inversiones más sostenibles, fomentando la coherencia del sistema financiero con los
objetivos del Acuerdo de París, y (iii) estimular, para incrementar, la función que
desempeña el sector financiero español en la financiación empresarial, especialmente a
la pequeña y mediana empresa, para su adaptación y transición a un modelo productivo
bajo en carbono y aprovechando la creación de valor a medio y largo plazo que se deriva
de una economía más sostenible. Todo ello se plasmará en un futuro Libro Verde para el
desarrollo de las Finanzas Sostenibles en nuestro país.
Por otro lado, la incorporación de las nuevas tecnologías en la industria financiera
plantea una serie de retos que también requieren una aproximación específica desde el
ámbito regulatorio y de política financiera. Los nuevos desarrollos tecnológicos están
transformando los modelos de prestación de servicios financieros y facilitando el
surgimiento de nuevos instrumentos de inversión. Los desarrollos recientes de la
normativa europea en materia de criptoactivos son un buen ejemplo de la necesidad de
una especialización en este aspecto.
En definitiva, ante el reto de la doble transición ecológica y digital y su impacto sobre
el sistema financiero, se considera necesario acometer una reordenación de las
atribuciones relativas a la dirección, desarrollo y ordenación de la política financiera y su
regulación, dentro de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, que
identifique e impulse la sostenibilidad y digitalización como los dos ejes estratégicos de
la política financiera actual.
Estas materias se han ido tratando de manera transversal por distintas
subdirecciones a medida que las finanzas sostenibles y las finanzas digitales han ido
alcanzando áreas como la emisión de deuda con la emisión del primer bono verde del
Tesoro, o debates en foros internacionales. Igualmente, la innovación y digitalización
financiera, incluyendo las entidades, instrumentos y servicios de pagos –con un peso
cada vez mayor de la digitalización– y las iniciativas de datos abiertos en el sector
financiero, han experimentado importantes avances que, en la fase actual marcada por
iniciativas legislativas, requiere una mayor especialización.
Aunar las competencias relativas a estos dos ejes prioritarios en una única
subdirección permitirá, en primer lugar, tener una visión estratégica que permita
identificar riesgos y oportunidades con diligencia, visión completa y capacidad para
realizar las propuestas normativas que puedan considerarse necesarias u oportunas. En
segundo lugar, se podrán aprovechar más eficientemente las sinergias y oportunidades
que presentan estas materias, así como lograr una mayor especialización y asignación
de recursos a estos dos temas. Se crea, por tanto, bajo la dependencia de la Dirección
General del Tesoro y Política Financiera, la Subdirección General de Finanzas
Sostenibles y Digitales.
La creación de la nueva Subdirección General de Finanzas Sostenibles y Digitales se
acompaña de una reagrupación del resto de las competencias que ostentan actualmente
la Subdirección General de Legislación de Entidades de Crédito, Servicios Bancarios y
de Pago, salvo las relativas a las entidades, instrumentos y servicios de pagos, y la
Subdirección General de Legislación de Mercado de Valores e Instrumentos Financieros
en una única Subdirección General de Legislación Financiera. Esta reagrupación
contribuirá a garantizar una visión horizontal y un aprovechamiento de las sinergias en la
negociación europea y en la tramitación interna de expedientes normativos, en ambos
núcleos de actividad –mercado de valores y entidades de crédito–, en un entorno
exigente marcado por el calendario fijado para los distintos proyectos normativos
internos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, los expedientes
actualmente en negociación en la Unión Europea y las previsiones de nuevas iniciativas
por parte de la Comisión Europea, todo ello teniendo en cuenta asimismo que España
ostentará la Presidencia del Consejo de la Unión Europea en el segundo semestre
de 2023.

cve: BOE-A-2023-7938
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Núm. 75