I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2023-7938)
Real Decreto 204/2023, de 28 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
26 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 75

Miércoles 29 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 45686

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
7938

Real Decreto 204/2023, de 28 de marzo, por el que se modifica el Real
Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación
Digital.

Este real decreto tiene el objetivo de completar y actualizar la estructura orgánica
básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para poder ejercer
sus competencias de manera más eficaz.
El Ministerio Asuntos Económicos y Transformación Digital fue creado por el Real
Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos
ministeriales, y en él se establece que corresponde al Ministerio de Asuntos Económicos
y Transformación Digital la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia
económica y de reformas para la mejora de la competitividad, las telecomunicaciones y
la sociedad de la información. Asimismo, corresponde a este Ministerio la propuesta y
ejecución de la política del Gobierno para la transformación digital y el desarrollo y
fomento de la inteligencia artificial.
Por su parte, el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, fijó la estructura orgánica
básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital determinando sus
órganos superiores y directivos hasta el nivel de dirección general.
El Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital,
estableció la estructura del Departamento, de acuerdo con la nueva estructura
organizativa dispuesta por el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se
reestructuran los departamentos ministeriales, y concretó las competencias del
departamento como encargado de la propuesta, coordinación y ejecución de la política
del Gobierno en materia económica, de apoyo a la empresa y de reformas para la mejora
del crecimiento potencial y de la necesaria interlocución en estos asuntos con la Unión
Europea y otros Organismos Económicos y Financieros Internacionales; así como de la
política de telecomunicaciones y para la transformación digital, en particular impulsando
la digitalización de las Administraciones Públicas. Igualmente le corresponde el
establecimiento de las disposiciones y directrices necesarias para su funcionamiento, así
como el resto de competencias y atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico.
En el ámbito de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa se
llevan a cabo varias modificaciones.
En primer lugar, entre las competencias del Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital se encuentra la política financiera, incluyendo, entre otros
aspectos, la adaptación del marco normativo para adecuarlo a la normativa europea y a
cambios estructurales que afectan al conjunto de los mercados, instrumentos e
instituciones financieras.
Dos de las transformaciones en curso que requieren una especial atención desde la
política financiera son la transición ecológica y digital. Por un lado, el sector financiero,
lejos de ser neutral ante el desafío ambiental y climático, es un agente de cambio de
primer orden para lograr la transición ecológica, siendo fundamental que los criterios de
sostenibilidad formen parte integral de las decisiones financieras de todos los agentes,
públicos y privados. Desde la política financiera, debe promoverse un triple objetivo: (i) la
transformación del sector financiero, asegurando su adaptación al nuevo modelo de

cve: BOE-A-2023-7938
Verificable en https://www.boe.es

I