III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones nucleares. (BOE-A-2023-8035)
Orden TED/295/2023, de 23 de marzo, por la que se modifica la Orden IET/458/2015, de 11 de marzo, por la que se regulan las asignaciones a los municipios del entorno de las instalaciones nucleares, con cargo al Fondo para la financiación de las actividades del Plan General de Residuos Radiactivos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 75

Miércoles 29 de marzo de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Orden TED/295/2023, de 23 de marzo, por la que se modifica la Orden
IET/458/2015, de 11 de marzo, por la que se regulan las asignaciones a los
municipios del entorno de las instalaciones nucleares, con cargo al Fondo
para la financiación de las actividades del Plan General de Residuos
Radiactivos.

Desde 1989, y según lo previsto en sucesivas órdenes ministeriales, los municipios
de los entornos de las instalaciones nucleares han venido recibiendo asignaciones de la
Empresa Nacional de Residuos Radiactivos, SA, S.M.E. (en adelante, Enresa).
Estas asignaciones van destinadas a los municipios en cuyo término municipal se
ubican instalaciones específicamente concebidas para el almacenamiento de residuos
radiactivos, o centrales nucleares que almacenen el combustible gastado generado por
ellas mismas en sus propias instalaciones, o bien centrales nucleares que, no
almacenando combustible gastado en su emplazamiento, se encuentran en fase de
desmantelamiento, así como a aquellos otros municipios del entorno definidos como
afectados en la orden que las regula.
Teniendo en cuenta la marcada dependencia económica que estos municipios
seguían manteniendo de las instalaciones nucleares, debido a la baja incidencia que
dichas asignaciones habían tenido en su desarrollo económico por haber sido escasa su
aplicación en la ejecución de proyectos de inversión que contribuyesen a la generación
de economías alternativas, mediante la Orden IET/458/2015, de 11 de marzo, por la que
se regulan las asignaciones a los municipios del entorno de las instalaciones nucleares,
con cargo al Fondo para la financiación de las actividades del Plan General de Residuos
Radiactivos, se estableció la posibilidad de que estos municipios pudieran contar con
fondos adicionales destinados a la cofinanciación de proyectos que contribuyan a reducir
dicha dependencia, cuya percepción está condicionada a la cofinanciación por los
propios municipios de dichos proyectos.
Conseguir un desarrollo económico alternativo en zonas que, o bien son en la
actualidad o lo han sido en el pasado, dependientes de una actividad industrial
dominante como es la explotación de una central nuclear, o mitigar el impacto económico
que en la población del entorno de una central nuclear tiene su cese de explotación, son
objetivos de difícil consecución, por lo que, en todo caso, es necesario procurar que la
aplicación de los recursos económicos disponibles se lleve a cabo de la forma más
eficiente posible.
Teniendo en cuenta lo anterior, y a la vista de la experiencia adquirida en la
concesión y gestión de los fondos destinados a la cofinanciación de proyectos de
desarrollo local, se considera necesaria la revisión de la referida Orden IET/458/2015,
de 11 de marzo.
Mediante esta orden se trata de favorecer la ejecución de proyectos de zona,
entendiéndose como tales a aquellos que se integren en un programa estratégico de
desarrollo del entorno en el que se ubica el municipio; posibilitar la prórroga de la
cofinanciación de aquellos proyectos que ya la han obtenido y han demostrado tener un
potencial en la zona; y flexibilizar la gestión de los proyectos para tener en cuenta
circunstancias que se puedan plantear durante su ejecución.
Asimismo, con el fin de potenciar la cofinanciación de proyectos de desarrollo, en el
caso de los municipios del entorno de las instalaciones de categoría 1 y 3, es decir, las
centrales nucleares que almacenen combustible gastado generado por ellas mismas en

cve: BOE-A-2023-8035
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