III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2023-7921)
Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión entre la Dirección General de la Guardia Civil y la Comunidad Autónoma de Cantabria, en materia de formación teórico-práctica de los ejercicios de tiro a impartir por la Guardia Civil a los cuerpos de Policía Local de los municipios de Cantabria.
<< 7 << Página 7
Página 8 Pág. 8
-
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 74

Martes 28 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 45515

comunicándolo a la otra parte por escrito con una antelación de tres meses, a la fecha en
la que dicha finalización deba hacerse efectiva.
Anualmente, y con la suficiente antelación a la finalización del ejercicio económico
correspondiente durante la vigencia del convenio, en el seno de la Comisión de
Seguimiento, previo acuerdo de las partes, será revisada la cuantía máxima anual
aportada por la Comunidad Autónoma, que en el supuesto de suponer para el siguiente
ejercicio un mayor coste será necesaria la correspondiente adenda de modificación del
convenio, siguiendo los trámites preceptivos establecidos en el artículo 11 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Asimismo, según lo dispuesto en el artículo 11 de la repetida Ley 40/2015, el
presente convenio de encomienda de gestión resultará eficaz una vez publicado en el
«Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Cantabria»; sin perjuicio de su inscripción
en el Registro Central de Convenios del Gobierno de Cantabria.
En todo caso, la prórroga, modificación y resolución del presente convenio de
encomienda de gestión para su eficacia, deberá ser publicada en el «Boletín Oficial de la
Comunidad Autónoma de Cantabria».
Decimotercera.

Causas de extinción del convenio de encomienda de gestión.

Son causas de extinción del presente convenio de encomienda de gestión, por
aplicación supletoria de las disposiciones establecidas en:
– El artículo 51 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
– Asimismo, además de las previstas en el artículo 51 de la Ley 40/2015 serán
causas de resolución, la aparición de circunstancias sobrevenidas que hicieran imposible
o innecesaria la realización de las actuaciones previstas, así como la denuncia de
cualquiera de las partes conforme a lo indicado en la precedente cláusula undécima.
– De conformidad con el artículo 52.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, cuando
por cualquiera de las causas previstas en el convenio de encomienda de gestión se
produjese su extinción y existiesen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a
propuesta de la Comisión de Seguimiento, podrán acordar su continuación y finalización
en un plazo improrrogable a contar desde la fecha de la resolución del convenio, así
como la liquidación de las obligaciones contraídas por cada una de ellas durante el
ejercicio correspondiente en función del grado de ejecución alcanzado en el momento de
la resolución, sin que se generen otro tipo de indemnizaciones.
Decimocuarta.

Publicidad.

Las partes prestan expresamente su consentimiento para que se dé al presente
convenio de encomienda de gestión la publicidad exigida, de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Buen Gobierno, y artículo 28.1 de la Ley de Cantabria 1/2018,
de 21 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública.

cve: BOE-A-2023-7921
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman electrónicamente el
presente convenio.–Por el Ministerio del Interior, la Directora General de la Guardia Civil,
María Gámez Gámez.–Por la Comunidad Autónoma de Cantabria, el Vicepresidente y
Consejero de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, Pablo Zuloaga Martínez.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X