III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-7927)
Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Arbo, para la ejecución, entrega, mantenimiento y conservación de las obras del proyecto de construcción de una escala de peces en el azud de San Xoán en el río Deva, en el T.M. De Arbo (Pontevedra).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 74

Martes 28 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 45569

EXPONEN
Primero.
Que la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. (en adelante CHMS, O.A.) ha
participado como socio en el Proyecto Migra-Miño-Minho, financiado en un 75 % por el
programa Interreg 2014-2020, cuya ejecución comenzó en junio de 2017 y tuvo como
fecha de finalización el mes de marzo de 2021.
El objeto del proyecto Migra-Miño-Minho era la protección y conservación de peces
migradores en el tramo internacional del río Miño y sus afluentes, entre los que se
incluye el río Deva.
Entre las principales actividades y acciones que abarcaba el citado proyecto se
encontraba la eliminación y permeabilización de obstáculos de cauces fluviales.
Entre las actuaciones programadas para alcanzar estos objetivos se encontraba la
construcción de un dispositivo de franqueo en la margen del río Deva, en la playa fluvial
de San Juan, en el término municipal de Arbo, provincia de Pontevedra.
Mediante Resolución del Presidente de la CHMS, O.A. de 13 de febrero de 2020, se
autorizó la apertura de expediente y la redacción del «Proyecto de dispositivo de
franqueo en el río Deva. T.M. de Arbo (Pontevedra)».
Debido a condicionantes técnicos y ambientales que desaconsejaban la ejecución de
la solución proyectada, dicha actuación no pudo llevarse a cabo por este organismo
dentro de los plazos marcados por el proyecto Migra-Miño-Minho. Sin embargo su
construcción sigue siendo una necesidad, derivada de la riqueza piscícola,
medioambiental y social del entorno en el que se sitúa el azud, que además forma parte
de la infraestructura de abastecimiento de aguas al Ayuntamiento de Arbo.
Analizadas las posibles alternativas de permeabilización del obstáculo y teniendo en
cuenta las limitaciones y las dificultades constructivas detectadas en el anterior proyecto
redactado, se llegó a la conclusión de que lo más viable era buscar una solución
integrada en el cuerpo del azud que no requiera una modificación del mismo que pudiera
comprometer su estabilidad.
En esta situación, la solución constructiva más sencilla consistiría en la colocación de
un paso de ralentizadores (tipo Denil).
Segundo.
Que a la CHMS, O.A. le corresponde, en el ámbito de su demarcación hidrográfica,
la administración y protección del dominio público hidráulico, así como la construcción y
explotación de las obras realizadas con cargo a los fondos propios del organismo
(artículo 23 del Texto Refundido de la Ley de Aguas) para cuya finalidad podrá
establecer convenios de colaboración con las entidades locales, al amparo de lo
dispuesto en el artículo 25.2 de la precitada disposición legal.

Que el Ayuntamiento de Arbo cuenta, entre otras, con las competencias en materia
de protección del medio ambiente, y en materia de abastecimiento de agua potable,
según se le atribuye en los artículos 80 de la ley 5/1997 de 22 de julio, reguladora de la
administración local de Galicia (en adelante LALG) y artículo 25 de la ley 7/1985, de 2 de
abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Cuarto.
Que conforme al artículo 57 de la precitada Ley de Bases del Régimen Local, la
cooperación entre la Administración Local y la Estatal se desarrollará con carácter
voluntario, bajo las formas y los términos previstos en las leyes, pudiendo tener lugar
mediante los consorcios y convenios que suscriban.

cve: BOE-A-2023-7927
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Tercero.