III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Energías renovables. (BOE-A-2023-7866)
Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se inscriben en el Registro Electrónico del Régimen de Energías Renovables en estado de preasignación las solicitudes relativas a la subasta celebrada el 25 de octubre de 2022, para el otorgamiento del régimen económico de energías renovables, al amparo de lo dispuesto en la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73

Lunes 27 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 45150

Hechos que motivan la presente resolución:
Primero.
El 25 de octubre de 2022 se celebró la tercera subasta para el otorgamiento del
régimen económico de energías renovables al amparo de lo dispuesto en la Orden
TED/1161/2020, de 4 de diciembre.
Segundo.
Con fecha 31 de octubre de 2022, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la
Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de 26 de octubre
de 2022, por la que se resuelve la tercera subasta celebrada para el otorgamiento del
régimen económico de energías renovables al amparo de lo dispuesto en la Orden
TED/1161/2020, de 4 de diciembre.
La resolución citada aprobó la relación de ofertas adjudicatarias de la subasta que
figura en su anexo I y recogió en su anexo II los principales parámetros de aplicación a
las ofertas adjudicatarias establecidos en la normativa de referencia.
Tercero.
Los adjudicatarios que figuran en el anexo I de la presente resolución presentaron
en tiempo y forma las solicitudes de inscripción en el Registro electrónico del régimen
económico de energías renovables en estado de preasignación junto con la documentación
requerida establecida en el artículo 13 de la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.
Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política Energética y Minas
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en el ejercicio de
las competencias que le atribuye el artículo 26.3 del Real Decreto 960/2020, de 3
de noviembre, resuelve:
Primero.
Inscribir en el Registro electrónico del régimen económico de energías renovables
en estado de preasignación las solicitudes que figuran en el anexo I, con la información
incluida en el mismo.
El anexo II de la presente resolución recoge los principales parámetros establecidos
en la normativa de referencia que serán de aplicación a las solicitudes inscritas.
Segundo.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía,
en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre. del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 24.9 del Real Decreto 960/2020, de 3 de
noviembre, por el que se regula el régimen económico de energías renovables para
instalaciones de producción de energía eléctrica, dicho recurso deberá presentarse
exclusivamente por vía electrónica, con certificado electrónico, a través de la aplicación
accesible desde www.miteco.gob.es, en los servicios de Sede Electrónica, dentro del

cve: BOE-A-2023-7866
Verificable en https://www.boe.es

Ordenar la publicación del texto íntegro de la presente resolución en el «Boletín
Oficial del Estado».