III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2023-7844)
Resolución 420/38118/2023, de 17 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Aragón, para la utilización conjunta de determinados recursos sanitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73

Lunes 27 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 44906

Tercero.
Que este nuevo convenio se elabora según lo previsto en la Ley 14/1986, de 25 de
abril, General de Sanidad, que permite la realización de convenios entre las
Comunidades Autónomas y el Estado, al establecer que las Administraciones Públicas
Sanitarias estarán orientadas a desarrollar todas las acciones sanitarias dentro de una
concepción integral del sistema sanitario y podrán celebrar los convenios que se
requieran para la mayor eficacia y rentabilidad de los Servicios Sanitarios. Su contenido
y efectos se ajustan a la regulación que, para los convenios interadministrativos, se
establece en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

1. Este convenio tiene por objeto establecer las bases de colaboración en materia
de sanidad asistencial referida a la prestación de servicios de atención sanitaria
especializada entre el Ministerio de Defensa (MINISDEF) y el Gobierno de Aragón, así
como de colaboración en otras líneas asistenciales como la atención a Urgencias y
Emergencias.
2. Asimismo, tendrá como objeto el mantenimiento de las capacidades
profesionales del personal militar, facultativo, de enfermería y sanitario no facultativo del
MINISDEF, a través de su participación en programas de formación continuada y de
prácticas proporcionados por los hospitales de la red asistencial del Servicio Aragonés
de Salud (SALUD).
3. A resultas del presente convenio, el Hospital General de la Defensa de Zaragoza
(HGDZ) se constituye en un Hospital General con capacidad para atender a entre 70.000
y 80.000 habitantes procedentes de diferentes zonas básicas de salud de la provincia de
Zaragoza, así como al personal asegurado del Instituto Social de las Fuerzas Armadas
(ISFAS), en la modalidad C o D, que hayan elegido la Sanidad Militar para la atención
especializada y de hospitalización, y a aquel personal amparado por otros convenios o
acuerdos suscritos por parte del MINISDEF.
4. Como Hospital Militar, el HGDZ prestará atención sanitaria al personal que
requiera asistencia como consecuencia de la actividad pericial y al personal militar
participante en actividades operativas (maniobras u operaciones) y llevará a cabo las
misiones de apoyo a la Fuerza, pericial, de investigación y docente.
Marco de colaboración.

1. El Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón determinará la cartera
básica de servicios necesaria para el HGDZ, de acuerdo con las necesidades fijadas en
la cláusula primera para un Hospital General. El MINISDEF colaborará, en función de
sus capacidades, con su personal destinado en el HGDZ prestando la asistencia
sanitaria especializada, ambulatoria, médico-quirúrgica y hospitalaria objeto de este
convenio.
2. Asimismo, el HGDZ participará en los programas de Urgencias y Emergencias
establecidos en la Comunidad Autónoma de Aragón, así como en todos aquellos
programas para los que se adopten acuerdos puntuales de colaboración.
3. El HGDZ y el Hospital Universitario Miguel Servet (HUMS) colaborarán en la
formación de profesionales sanitarios en formación sanitaria especializada, a través de
acuerdos de colaboración específicos para cada especialidad, siempre y cuando sea de
interés para ambas partes.

cve: BOE-A-2023-7844
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.