III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2023-7854)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la Adenda n.º 1 modificativa del Convenio con la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Ayuntamiento de Mérida, para la ejecución de una pasarela urbana de uso peatonal y con carril bici sobre la playa de vías de la estación de ferrocarril de Mérida a fin de mejorar la permeabilidad transversal de la ciudad incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
4 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73

Lunes 27 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 45009

De otra parte, doña María Luisa Domínguez González, Presidenta de la Entidad
Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), con NIF
Q-2801660H, en virtud del Real Decreto 670/2021, de 27 de julio, actuando en nombre y
representación de ADIF en el ejercicio de las facultades que tiene conferidas por el
artículo 23.2.a) de su Estatuto, aprobado mediante Real Decreto 2395/2004, de 30 de
diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de ADIF.
En la condición que intervienen, las partes se reconocen mutuamente la capacidad
necesaria para la celebración de la presente adenda y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Con fecha 5 de octubre de 2022, las partes suscribieron el Convenio entre la
Comunidad Autónoma de Extremadura, el Ayuntamiento de Mérida y ADIF para la
ejecución de una pasarela urbana de uso peatonal y con carril bici sobre la playa de
vías de la Estación de Ferrocarril de Mérida a fin de mejorar la permeabilidad
transversal de la ciudad incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
Segundo.
Que si bien este convenio establecía en su Cláusula Tercera (Financiación de las
actuaciones y forma de abono), una serie de hitos y objetivos temporales, la Comisión
de Seguimiento, en su primera reunión de constitución de fecha 10 de noviembre
de 2022, acordó proponer la modificación de la forma de abono correspondiente a la
primera anualidad y la modificación de hitos y objetivos temporales conforme a la
nueva planificación prevista.
Tercero.
Que conforme a lo establecido anteriormente y debido a las previsiones
actualizadas de ejecución de las actuaciones recogidas en el convenio se hace
necesario esta modificación, que se efectuará respetando en todos sus términos tanto
los compromisos de financiación del importe total de las actuaciones recogidas en el
convenio suscrito, como el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el
mismo. Así mismo, la modificaciones previstas se realizan respetando en todo caso
los hitos y objetivos establecidos en Acuerdo de la Conferencia Nacional de
Transportes por el que se fijan los criterios de distribución territorial de créditos
presupuestarios de los ejercicios 2021 y 2022, así como la distribución de los
correspondientes al ejercicio de 2021, para la financiación de actuaciones de
inversión en el marco de los componentes 1 «Plan de choque de movilidad sostenible,
segura y conectada en entornos urbanos y metropolitanos».

CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El Objeto de la presente adenda es la modificación del convenio de fecha 5 de
octubre de 2022, suscrito entre la Comunidad Autónoma de Extremadura, el
Ayuntamiento de Mérida y ADIF para la ejecución de una pasarela urbana de uso
peatonal y con carril bici sobre la playa de vías de la Estación de Ferrocarril de Mérida

cve: BOE-A-2023-7854
Verificable en https://www.boe.es

Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda modificativa
del convenio firmado con fecha 5 de octubre de 2022, que se regirá por las siguientes