III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-7867)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del "Proyecto de nueva EDAR de Silvouta y de la acometida eléctrica de la nueva EDAR de Silvouta en Santiago de Compostela (A Coruña)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 45166

sendero el tramo de canalización que se prevé bajo la zona verde en el tramo inicial de
la acometida eléctrica (el más cercano al punto de entronque), dando continuidad al
sendero existente. El promotor repondrá el pavimento del vial público afectado en el
Concello de Ames a su estado previo, que tiene un acabado en zahorra; además de
reponer a su condición original las afecciones previstas a parcelas privadas. Sin
embargo, desestima la petición de pavimentar y dar continuidad al mismo bajo la zona
verde, por considerar que esta actuación se encuentra fuera del objeto del proyecto y
que no aporta ninguna funcionalidad al mismo.
c. Análisis de los efectos ambientales derivados de la vulnerabilidad del proyecto
frente a accidentes graves y catástrofes
El promotor analiza la vulnerabilidad del proyecto frente a diversos riesgos naturales:
inundación, riesgo sísmico, incendios forestales, erosión, eventos meteorológicos
extremos y proyecciones de cambio climático. Y también tiene en cuenta accidentes que
puedan ocurrir durante la operación de la planta: explosión e incendios industriales,
transporte de mercancías peligrosas, contaminación atmosférica y de la capa freática,
contaminación de la capa freática o aguas superficiales y contaminación del suelo. Y
realiza para todos estos riesgos una valoración de la probabilidad de ocurrencia,
estableciendo en su caso medidas.
En cuanto al riesgo de incendios forestales, la zona de estudio está clasificada como
zona de alto riesgo. Antes del inicio de las obras el promotor elaborará un Plan de
Prevención y Extinción de incendios para la fase de construcción, teniendo en cuenta lo
dispuesto en la ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios
forestales de Galicia, así como las actuaciones recogidas en el Plan de prevención y
defensa contra los incendios forestales de Galicia previsto para el año en que se
desarrollen las obras.
La zona donde se ejecutarán los trabajos presenta un riesgo importante por
hundimiento en base a los materiales que conforman el terreno, pudiendo provocar
descalces del terreno y taludes durante la construcción. El Plan de Vigilancia Ambiental
recoge una serie de medidas que permiten asegurar la estabilidad e impermeabilidad de
los terrenos durante la fase de obras y de explotación del proyecto, por ejemplo: la
nivelación, reutilización y aporte de materiales y la ejecución de taludes cumpliendo con
las indicaciones del estudio geotécnico; la cimentación con medidas de asentamiento del
terreno como pilotes si fuese preciso; el establecimiento de zonas impermeabilizadas; o
la realización de un Plan de Emergencias.
Teniendo en cuenta las proyecciones de cambio climático, en el estudio de impacto
ambiental se recoge que la reducción de disponibilidad de los recursos hídricos no es
significativa en la fase de construcción ni explotación de la instalación, sin embargo, la
disminución de la disponibilidad del recurso hídrico elevará la carga contaminante del
afluente de la EDAR.
El resto de los riesgos analizados se califican como bajos o moderados.
El Plan de Vigilancia Ambiental desarrolla medidas que permitirán prevenir este tipo
de riesgos, y los planes de emergencia que se elaboren de cara a la explotación de la
instalación incluirán medidas de mitigación y respuesta ante estos riesgos,
especialmente los que pudieran derivar de incendios forestales y contaminación de la
capa freática o de las aguas superficiales.
La Dirección General de Emergencias e Interior de la Xunta de Galicia estima que el
riesgo de accidentes graves o catástrofes es bajo y considera suficiente la amplitud y el
nivel de detalle del estudio de la vulnerabilidad que se refleja en el proyecto.
La Oficina Española de Cambio Climático del MITECO recomienda, en relación con
la vulnerabilidad del proyecto frente al cambio climático, que en el diseño de las
instalaciones se consideren las proyecciones de cambio climático y se evalúen los
riesgos derivados, tanto desde el punto de vista de su viabilidad y adaptación al riesgo
de desastres en lo relativo a la seguridad de las infraestructuras, como desde el punto de
vista de la adaptación a la previsible reducción de disponibilidad de recursos hídricos,

cve: BOE-A-2023-7867
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Núm. 73