III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Ayudas. (BOE-A-2023-7872)
Orden CUD/290/2023, de 21 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la descripción y digitalización de archivos con patrimonio documental con una antigüedad superior a los cuarenta años de entidades, asociaciones de carácter político, sindical o religioso, centros educativos de carácter público, universidades públicas y de entidades, fundaciones, asociaciones culturales y educativas y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2023 en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73

Lunes 27 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 45213

CAPÍTULO II
Bases reguladoras para la concesión de ayudas para la descripción y digitalización
de archivos con patrimonio documental con una antigüedad superior
a los cuarenta años de entidades, asociaciones de carácter político, sindical
o religioso, centros educativos de carácter público, universidades públicas
y de entidades, fundaciones, asociaciones culturales y educativas
Artículo 2.

Objeto y ámbito de aplicación.

1. Las ayudas que se financien al amparo de esta orden de bases se enmarcan en
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno español.
2. La presente orden establece las bases reguladoras de la concesión, seguimiento
y justificación de las ayudas públicas a proyectos archivísticos promovidos por entidades
y asociaciones públicas y privadas sin ánimo de lucro con archivos, fondos y colecciones
documentales con una antigüedad superior a cuarenta años integrantes del Patrimonio
Documental Español.
Artículo 3.
1.

Finalidad de las ayudas.

Las ayudas objeto de esta orden tienen como finalidad:

a) Favorecer la recuperación y modernización de los archivos de entidades públicas
y privadas que custodian fondos documentales de interés social a través de la
transformación digital.
b) Incentivar el desarrollo de las capacidades digitales en el sector laboral de los
profesionales de archivos.
c) El fortalecimiento de las PYMES dedicadas al sector de la gestión, al tratamiento
y a la prestación de servicios documentales.
d) El fomento del empleo y el desarrollo de las capacidades digitales en el sector
laboral de los profesionales de los archivos y la gestión documental.
2.

Las ayudas estarán dirigidas a financiar los siguientes ámbitos:

1. Descripción, digitalización, conservación y restauración.
2. Infraestructuras y equipamiento.
3. Formación y proyectos de difusión de información descriptiva y documental.
Régimen de concesión y normativa aplicable.

1. La concesión de estas ayudas se efectuará en concurrencia competitiva, de
acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no
discriminación, así como los de eficacia en el cumplimiento de los objetivos y de
eficiencia en la asignación y utilización de recursos públicos, establecidos en el
artículo 8.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su
Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
2. A las ayudas de Estado previstas en estas bases les es de aplicación el
artículo 53 del Reglamento General de Exención de categorías (Reglamento
UE 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014) por el que se declaran
determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de
los artículos 107 y 108 del Tratado. En particular es de aplicación la sección 11 del
artículo 53 que recoge entre las excepciones los fines y actividades culturales.
3. Asimismo, les será de aplicación la siguiente normativa:
– Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que
se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la
recuperación tras la crisis de la COVID-19 [en adelante, Reglamento (UE) 2020/2094 del
Consejo, de 14 de diciembre].

cve: BOE-A-2023-7872
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 4.