II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2023-7584)
Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convoca concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional para el año 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71

Viernes 24 de marzo de 2023
1.

Sec. II.B. Pág. 43872

Méritos de determinación autonómica:

Los méritos relacionados con el conocimiento de las especialidades de la
organización territorial y del derecho aplicable en la Región de Murciase constituyen por:
Cursos de formación y perfeccionamiento. Se tendrán en cuenta, únicamente, los
cursos impartidos por la Escuela de Administración Pública de la Región de Murcia,
Escuela de Administración Local de la Región de Murcia, y organismos dedicados a la
formación y perfeccionamiento del personal al servicio de las Administraciones Públicas,
así como los impartidos por universidades y otros organismos públicos que previamente
hayan sido homologados o reconocidos por la Escuela de Administración Pública o
Escuela de Administración Local de la Región de Murcia.
Sólo se valorarán aquellos cursos que tengan por objeto el aprendizaje de las
especialidades de la organización territorial y del derecho aplicable en la Región de
Murcia, exceptuándose los que forman parte de los procesos selectivos
correspondientes.
No se valorarán los diplomas relativos a la celebración de congresos, conferencias,
seminarios, jornadas, simposios, encuentros y semejantes, ni aquellos cursos realizados
con más de 15 años de antelación a la fecha de la resolución por la que se aprueba la
convocatoria del concurso.
Experiencia profesional. Se valorará la experiencia profesional consistente en el
ejercicio de funciones en la Administración autonómica o en las entidades locales de la
Región de Murcia, que impliquen el conocimiento de la organización territorial y de la
normativa aplicable en la Región de Murcia.
Actividad docente. Se valorará cuando vaya dirigida a la enseñanza de las materias
sobre organización territorial y normativa aplicable en la Región de Murcia sobre régimen
local, procedimiento administrativo, contratación pública, servicios públicos, urbanismo,
personal, régimen económico y financiero de las entidades locales, entre otras materias,
en cursos organizados, homologados o reconocidos por las escuelas y organismos
citados en el artículo 25.1 del Decreto 58/2012, de 27 de abril.
Publicaciones. Se valorarán las publicaciones de monografías o artículos sobre
materias relativas a las especialidades de la organización territorial y del derecho
aplicable en la Región de Murcia, siempre que aparezcan en publicaciones con ISBN
o ISSN.

M. Comunidad Autónoma de La Rioja (Decreto 50/1998, de 31 de julio, por el que se
establecen los méritos de determinación autonómica, aplicables en los concursos de
provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con
habilitación de carácter nacional, BOR núm. 93, de 4 de agosto de 1998).
1.

Méritos de determinación autonómica:

a) Experiencia profesional. Se valorará el desempeño, en condición de personal
funcionario, de puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de la
Rioja o de las entidades locales de su territorio, que implique el conocimiento de las

cve: BOE-A-2023-7584
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2. Valoración de los méritos: A efectos de la baremación de los puntos que, de
conformidad con la normativa estatal, corresponden a los méritos autonómicos de las
personas candidatas en el concurso unitario de traslados, se aplicará lo dispuesto en los
artículos 25 a 28 del Decreto 58/2012, de 27 de abril.
3. Acreditación de méritos: Los y las concursantes acreditarán los méritos que
aleguen, en el momento que se indique en la convocatoria, mediante la presentación de
copias de los documentos justificativos/certificaciones, así como, en su caso, de las
publicaciones referidas, no siendo necesario que acrediten aquellos méritos que ya se
hayan inscrito en el registro regulado en el artículo 11 del Decreto 58/2012, de 27 de
abril.