III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Federación Española de Deportes de Personas con Discapacidad Física. Estatutos. (BOE-A-2023-7551)
Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española de Deportes de Personas con Discapacidad Física.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Jueves 23 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 43681

Disposición adicional única.
Todas las menciones contenidas en estos Estatutos a las Federaciones de Ámbito
Autonómico, han de entenderse referidas no solo a las que integren exclusivamente al
colectivo de personas con discapacidad física, sino a las que comprendan todas o
alguna de las discapacidades mencionadas en el artículo 1.º, punto 5 del Real
Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre Federaciones Deportivas Españolas, en
las que la integración y representatividad se limitará al colectivo de discapacitados
físicos.
Disposiciones transitoria primera.
1. En el momento actual las Federaciones de Ámbito Autonómico, que
debidamente constituidas están adscritas a las FEDDF con la salvedad en su caso,
establecida en la Disposición Adicional Única, son:
– Federación Andaluza de Deportes de Personas con Discapacidad Física.
– Federación Balear de Deportes para Personas con Discapacidad.
– Federación Cántabra de Deportes de Personas con Discapacidad Física.
– Federación Polideportiva de Discapacitados de Castilla León.
– Federación Catalana de Deportes de Personas con Discapacidad Física.
Federació Catalana d’ Esports de Persones amb Discapacitat Física.
– Federación de Deportes Adaptados de la Comunidad Valenciana. Federació
d’Esports Adaptats de la Comunitat Valenciana.
– Federación de Deportes para Personas con Discapacidad Física del Principado de
Asturias.
– Federación de Deportes de Discapacitados de Castilla la Mancha.
– Federación Extremeña de Deportes de Discapacitados Físicos.
– Federación Gallega de Deporte Adaptado. Federación Galega de Deporte
Adaptado.
– Federación Madrileña de Deportes de Discapacitados Físicos.
– Federación Navarra de Deportes Adaptados.
– Federación de Deportes de Discapacitados Físicos de la Región de Murcia.
– Federación Vasca de Deporte Adaptado. Kirol Egokituaren Euskal Federazioa.
– Federación Canaria de los Deportes para las Personas con Discapacidades.
– Delegación Riojana de Deportes de Personas con Discapacidad Física.
– Delegación Aragonesa de Deportes de Personas con Discapacidad Física.
2. Toda Federación de ámbito Autonómico que pueda constituirse en lo sucesivo,
se considerará integrada a todos los efectos en la Federación Española de Deportes de
Personas con Discapacidad Física, salvo manifestación en contra, durante el plazo de
seis meses, contados a partir de su reconocimiento por la Comunidad Autónoma
correspondiente, en el transcurso del cual aquellas podrán ejercer su derecho a ello.
Concluido dicho término las federaciones que no lo hubieren hecho podrán llevarlo a
cabo en cualquier momento, en la forma que prevé el artículo 13 de los presentes
estatutos.

Esta FEDDF, recoge la posibilidad de crear conjuntamente con las restantes
Federaciones Españolas de Deportes de Personas con Discapacidad, tal como se
especifica en el Artículo 1.º punto 5.º del Real Decreto 1835/1991, una Confederación de
ámbito Nacional para poder coordinar las actividades comunes a las mismas y de
contribuir en la medida que le corresponda a la elaboración y presentación de los

cve: BOE-A-2023-7551
Verificable en https://www.boe.es

Disposiciones transitoria segunda.