III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Federación Española de Deportes de Personas con Discapacidad Física. Estatutos. (BOE-A-2023-7551)
Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española de Deportes de Personas con Discapacidad Física.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Jueves 23 de marzo de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
7551

Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Presidencia del Consejo Superior
de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española
de Deportes de Personas con Discapacidad Física.

En ejercicio de las competencias conferidas por el Artículo 10.2.b) de la Ley 10/1990,
de 15 de octubre, del Deporte, la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes
en su sesión de 7 de noviembre de 2022, aprobó definitivamente la modificación de los
Estatutos de la Federación Española de Deportes de Personas con Discapacidad Física,
autorizando su inscripción en el Registro Estatal de Entidades Deportivas.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 45.4 de la Ley 39/2022. de 30 de
diciembre, del Deporte y artículo 12.3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre,
sobre federaciones deportivas españolas, dispongo la publicación de los Estatutos de la
Federación Española de Deportes de Personas con Discapacidad Física, contenida en el
anexo a la presente Resolución.
Madrid, 9 de marzo de 2023.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José
Manuel Franco Pardo.
ANEXO
Estatutos de la Federación Española de Deportes de Personas con Discapacidad
Física
Principios comunes
Artículo 1.
La Federación Española de Deportes de Personas con Discapacidad Física
(FEDDF), es una entidad de derecho privado que agrupa en su seno a deportistas con
discapacidades físicas, técnicos (con o sin discapacidad), así como Asociaciones
Deportivas. Comprende así mismo a las Federaciones de Deportes de Personas con
Discapacidad de las Comunidades Autónomas.
Artículo 2.
La FEDDF tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el
cumplimiento de sus fines y se regirá por las disposiciones legales vigentes de
aplicación, por los presentes Estatutos, así como por los reglamentos y acuerdos que
válidamente adopten sus órganos de gobierno.

La FEDDF está afiliada y representa a España con carácter exclusivo en las
Organizaciones Internacionales que se citan y a las que pertenece como miembro de
pleno derecho, viniendo obligada al cumplimiento del Régimen que establezcan en sus
Estatutos, Reglamentos Generales y Técnicos, relaciones Internacionales con estas
organizaciones y con respeto al Ordenamiento Jurídico Español.
I.W.A.S. International Wheelchair & Amputee Sports Federation (Federación
Internacional de Deportes de Silla de ruedas y Amputados).

cve: BOE-A-2023-7551
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 3.